2026-04-28

Respuesta

Paz aprueba decreto para garantizar la pequeña propiedad agraria y la dotación de tierras en Pando y Beni ante marcha campesina e indígena

La norma también dispone la revisión de las concesiones forestales.

Mientras una marcha de campesinos e indígenas se acerca a La Paz, el gobierno del presidente Rodrigo Paz garantizó, mediante el Decreto Supremo 5613, la seguridad jurídica sobre la pequeña propiedad agraria y la dotación de tierras a campesinos e indígenas, principalmente en Beni y Pando.

De esta manera, busca responder a la movilización que está próxima a llegar a la sede de Gobierno y que rechaza la ley que permite la conversión de la pequeña propiedad en mediana mediante un trámite administrativo en el INRA, ante el temor de una afectación en los trámites de las comunidades campesinas para la dotación de tierras.

En la reunión de gabinete de este lunes fue aprobado el Decreto Supremo 5613, que establece, precisamente, la dotación prioritaria de tierras en la región amazónica (principalmente en Pando y Beni) a comunidades campesinas y/o indígenas que hayan solicitado superficies sin sobreposición hasta la fecha de promulgación de la norma, previa evaluación técnica y legal conforme a la normativa vigente.

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Las tierras objeto de dotación serán aquellas fiscales disponibles, las fiscales no disponibles convertidas en fiscales y las tierras revertidas o expropiadas por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

El 8 de abril comenzó desde Pando una marcha hacia La Paz en rechazo a la Ley 157 que, coincidentemente, fue promulgada por el presidente Rodrigo Paz ese mismo día en Santa Cruz, durante un acto con agroindustriales. A medida que la columna avanza, se van sumando más campesinos e indígenas.

El propio Paz aseguró que la conversión es voluntaria y que busca que el pequeño propietario agrario acceda a créditos bancarios. Los marchistas, por el contrario, aseguran que la norma rompe con la indivisibilidad de esta forma de propiedad, la más pequeña en materia agraria.

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Como respuesta a ese temor, en el decreto se garantiza la pequeña propiedad, asegurando su indivisibilidad y evitando su fragmentación por debajo de los límites mínimos establecidos; asimismo, se ratifica su carácter de patrimonio familiar, inembargable y no sujeto a afectaciones contrarias a su función social, conforme a la Constitución Política del Estado.

Además, se establece el fortalecimiento de las acciones administrativas de prevención y atención de conflictos agrarios y se promueve la actualización, saneamiento y registro de información que contribuya a la seguridad jurídica de los titulares.

También dispone la revisión de las concesiones forestales maderables y no maderables para verificar si son utilizadas de acuerdo con el Plan de Uso de Suelos (PLUS) y la aptitud del suelo, si cuentan con documentación legal y si existe posesión territorial o permanencia de comunidades campesinas e indígenas con solicitud de dotación.

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