martes 24 de febrero de 2026

"Caso Montaño"

Royal Pari se expone a una sanción por presentar un amparo constitucional

El Congreso Extraordinario y el Consejo Superior de la División Profesional se mantienen vigentes para realizarse este martes en La Paz
Los jugadores de Royal Pari que estuvieron en el Torneo Amistoso de Verano. Foto: Club Royal Pari.
Los jugadores de Royal Pari que estuvieron en el Torneo Amistoso de Verano. Foto: Club Royal Pari.

Sports 360 / La Paz

El amparo constitucional que presentó el viernes Royal Pari al Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (TDJSCZ) por el fallo del Tribunal de Disciplina Deportiva (TDD) de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) por el caso del futbolista Gabriel Montaño, puede ocasionarle una sanción, según establecen los estatutos de la FIFA, Conmebol y el ente matriz del país.

El club Inmobiliario, a través de su representante legal Sergio Romero, presentó un amparo constitucional que va en contra del fallo del TDD, que instruyó descontar al club Aurora 33 puntos en la temporada 2025, ya que considera que esa sanción se debe aplicar en la temporada 2024 por la suplantación de identidad de Montaño.

También solicitó medidas cautelares como la suspensión del Congreso Extraordinario de la FBF convocado para el martes 11 de marzo La Paz, la suspensión del Consejo Superior de la División Profesional convocado para el mismo día, el congelamiento de fondos a nombre del club cochabambino y que no se firme el contrato de los derechos de transmisión del fútbol boliviano hasta que no se resuelva el caso.

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Sin embargo, estas acciones pueden ser muy negativas para el club cruceño, pues los estatutos del fútbol internacional y nacional lo prohíben.

¿Qué dice la norma?

Según el punto 2 del artículo 51 Obligaciones relativas a la resolución de disputas del estatuto de la FIFA: “Queda prohibida la vía del recurso ante los tribunales ordinarios, a menos que se especifique en la reglamentación de la FIFA. Queda excluida igualmente la vía ordinaria en el caso de medidas cautelares de toda índole”.

El punto 3 indica que “las federaciones tendrán la obligación de incorporar a sus estatutos o su normativa una cláusula que, en el caso de litigios internos de la federación, o de litigios con ligas, miembros de una liga, clubes, miembros de un club, jugadores, oficiales o cualquier otra persona adscrita a la federación, prohíba ampararse en los tribunales ordinarios”.

Este punto fue aplicado y aprobado por unanimidad en enero de 2024, cuando se dieron el visto bueno a los nuevos estatutos de la FBF.

La FIFA recalca en ese mismo punto que “en caso de incumplimiento de esta obligación, las federaciones impondrán a quien corresponda las sanciones pertinentes”.

La Conmebol indica lo mismo en sus estatutos: “Las asociaciones impondrán sanciones a todo aquel que infrinja esta obligación y garantizarán que las apelaciones contra las sanciones también se someterán a arbitraje y no a la justicia ordinaria”.

También recalca que, en lugar de acudir a justicias extradeportivas, “los litigios se llevarán ante un tribunal independiente y debidamente constituido, o ante el TAD”.

Se mantienen el Congreso y el Consejo

Una de las medidas cautelares que pidió Royal Pari fue que se suspendan el Congreso Extraordinario de la FBF y el Consejo Superior de la División Profesional programadas para este martes.

No obstante, se conoció a través de fuentes allegadas a la federación nacional que “ambas reuniones se mantienen tal y como fueron convocados”.

En el Congreso se tiene previsto tratar la cesión de los derechos de televisión por el periodo 2025-2028, mientras que en el Consejo los clubes deben definir formatos y cantidad de campeonatos de este año.

Royal Pari no puede participar de las dos reuniones al estar excluido de la División Profesional como sanción porque sus jugadores abandonaron la cancha durante el partido con Totora Real Oruro en diciembre pasado.