lunes 23 de febrero de 2026

Justicia

Por más de dos tercios, ALP aprueba resolución que la ratifica como única instancia para la preselección de magistrados de Justicia

La medida fue aprobada por más de dos tercios, con el objetivo de evitar irregularidades en la elección de los cargos judiciales.
Sesión de la Asamblea de este lunes. FOTO: Vicepresidencia
Sesión de la Asamblea de este lunes. FOTO: Vicepresidencia

Este lunes, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó, con más de dos tercios de los votos, la resolución que ratifica que es la única instancia encargada de la preselección de magistrados de Justicia. El documento ya fue enviado al Poder Ejecutivo.

“El proyecto de resolución, aprobado con modificaciones sugeridas, ratifica a la ALP como la única instancia que puede preseleccionar a los candidatos a magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional y del Tribunal Supremo de Justicia, para su posterior elección por voto popular a ser organizado por el Órgano Electoral”, señala el documento.

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Según la resolución, las designaciones serán sometidas, posteriormente, a elección mediante voto popular, administrado por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP). En ese sentido, la ALP establece los lineamientos operativos y los plazos necesarios para avanzar en el proceso de preselección. El objetivo es evitar retrasos en la organización de las elecciones judiciales correspondientes al periodo 2025-2031.

En su segundo punto, la Asamblea instruye a la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral la elaboración del proyecto de convocatoria para la preselección de postulantes, de acuerdo con la Sentencia Constitucional Plurinacional 0770/2024-S4 y conforme al artículo 16 de la Ley 1549.

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La Comisión deberá iniciar su labor de aprobación de la convocatoria una vez que concluya la preselección de candidatas y candidatos al Órgano Electoral Plurinacional, con el fin de permitir el avance escalonado de ambos procesos.

Finalmente, la resolución encomienda a su Presidencia realizar las gestiones necesarias ante el OEP para la compatibilización del cronograma, tanto de la preselección como de la posterior elección judicial. Esta coordinación busca asegurar que los tiempos operativos permitan cumplir todas las etapas sin afectar la planificación electoral nacional.