Análisis
Fallos de dos salas contra las judiciales vulneran el principio de preclusión y ponen en riesgo a las elecciones de 2025
La decisión de dos salas constitucionales, una de Pando y otra de Beni, en contra de las elecciones judiciales atentan contra el principio de la "preclusión" y ponen en riesgo, incluso, las elecciones generales de 2025, anticipan juristas.
La Ley de Régimen Electoral, en su artículo 2, señala que las etapas y resultados de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, "no se revisarán ni se repetirán" (principio de preclusión).
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Israel Campero, candidato a magistrado del Tribunal Constitucional, explicó en conferencia de prensa que el principio de preclusión (etapas ya superadas) en la elección judicial no ha sido respetado, y que junto a otros postulantes analizan asumir de cualquier tipo para garantizar las elecciones del 1 de diciembre.
“Es sagrado el principio de preclusión, no existe forma en el sistema electoral de debate hechos que ya han precluido, es una máxima que nuevamente el tribunal de garantías de Beni ha desconocido. El sistema de preclusión significa que se han cerrado etapas y no pueden volver a ser revisadas. Claro si es que en forma oportuna el afectado ha ordenado la revisión”, subrayó.
Es por eso que se analiza, dijo, junto a otros postulantes algunas acciones para que las elecciones judiciales sigan adelante, y se evalúan desde denuncias administrativas hasta penales contra las autoridades de las salas constitucionales de Pando y Beni por dejar pasar esta arbitrariedad.
El martes, dos salas constitucionales, una de Pando y otra de Beni, declararon desiertas las convocatorias para magistrados al Tribunal Supremo de Justicia y al Tribunal Constitucional Plurinacional. En el caso de Pando, la excandidata María Esther Caero fue quien presentó un amparo constitucional, argumentando que se incumplieron los requisitos de equidad de género y número mínimo de participantes.
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El abogado constitucionalista Franklin Gutiérrez explicó que las salas de Pando y Beni solo han cumplido con el código procesal constitucional de accionar el amparo constitucional presentado.
Para ello deben revisar si este recurso ha sido bien fundamentado, si se ha identificado los derechos que se han vulnerado, nexo causal e identificar quiénes, cómo, cuándo y qué forma se habrían vulnerado esos derechos. Pero también establezca si los terceros a quienes podrían afectar el fallo están notificados.
“Cumplidos todas las formalidades se lleva la acción de amparo y ahí las autoridades demandadas tendrían que haber planteado el principio de preclusión, o incidente. Es decir con carácter anterior, señores de esta sala vamos a plantear un incidente de preclusión del activante, porque ya su tiempo ha vencido, que ya se ha invertido 55 millones de bolivianos en el proceso, que estamos a horas de imprimir las papeletas y no se puede pausar esto”, explicó Gutiérrez, en una entrevista con el Café de la Mañana en radio Fides.
Elecciones de 2025
Gutiérrez alertó que si no se respeta el principio de preclusión, incluso se puede frenar hacia futuras elecciones generales de 2025. Ello si es que en un eventual escenario alguien interponga un recurso.
“Claro que sí. Lo que pasa es que la CPE es invasora, hay una teoría que dice que el derecho constitucional es invasor a todo. Si alguien ve que sus derechos fundamentales han sido vulnerados por el TSE, puede presentar un amparo, aunque debe agotar todos los mecanismos administrativos”, subrayó.
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El abogado constitucionalista puso como ejemplo el caso de Evo Morales e indicó que si se da el escenario en el que finalmente es el candidato a la presidencia del Movimiento Al Socialismo, alguien puede presentar un recurso argumentando que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya se ha pronunciado sobre la reelección indefinida.
“¿Qué vas a hacer Evo? Presentará un recurso de impugnación ante el TSE, le dirán que no, volverá a plantear una reconsideración, puede que le digan que no. Entonces presentará una acción de amparo y esa decisión será la definitiva, si le dicen que sí, podrá ser candidato, pero si es no, no podrá ser candidato”, puntualizó.
La Sala Constitucional Tercera de El Alto dispuso este miércoles una medida cautelar en la que ordena que el Tribunal Supremo Electoral continúe con las actividades de las elecciones judiciales hasta que se resuelva la acción de cumplimiento que presentó el dirigente Intercultural Esteban Canaviri, la cual debe resolverse este jueves.