2025-10-24

Carburantes

Conozca las claves de la ley para importar combustibles de forma directa, se libera el IT y el IVA

Fue sancionada en Diputados, pasó al Ejecutivo para su promulgación. La norma establece que los surtidores podrán comprar el combustible a un importador autorizado o importar directamente desde frontera.

La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia,  con la cual se podrá importar el combustible con la liberación del pago del Impuesto a las Transacciones (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Ahora se espera que el presidente Luis Arce, promulgue la normativa.

Bolivia enfrenta una aguda escasez de carburantes desde hace más de un año, lo que se manifiesta en crecientes filas de conductores de camiones, flotas, transporte público y privado en las estaciones de servicio de todo el país.

¿Qué propone el proyecto de Ley?

La “Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina en Situación de Emergencia”, que es impulsado por el Comité Pro Santa Cruz, establece un régimen temporal para asegurar el suministro de combustibles en el país.

El objeto de la norma es implementar medidas excepcionales que permitan, por tres meses, la importación e internación de diésel, gasolina y Gas Licuado de Petróleo (GLP) por operadores privados, garantizando el abastecimiento nacional ante situaciones de emergencia.

La normativa autoriza a personas naturales o jurídicas privadas la importación y comercialización de estos combustibles en el mercado interno, bajo la supervisión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) deberá priorizar la entrega del carburante estatal e informar con anticipación las capacidades de suministro.

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En caso de que YPFB no cubra el 100% de la demanda, las empresas podrán importar o adquirir diésel y gasolina a un precio diferenciado, bajo un régimen de libre competencia. Además, la ANH otorgará la Licencia Excepcional de Importación y Despacho Directo (LEIDD) mediante una ventanilla digital única, con un plazo máximo de 48 horas hábiles; se aplicará el principio de silencio positivo si no hay respuesta dentro del plazo.

La ley también libera del pago del Impuesto a la Transferencia (IT) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones bajo este régimen temporal. Las estaciones de servicio podrán comprar el combustible a un importador autorizado o importar directamente desde frontera, con autorización para comercializar hasta 19.900 litros de diésel.

Para garantizar la transparencia, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) implementará control mediante monitoreo GPS en tiempo real, publicará diariamente los datos de importación y supervisará la calidad del combustible. Las infracciones como acaparamiento, adulteración o especulación serán sancionadas con multas, suspensión de licencia y, en su caso, denuncia penal.

Diversificación de fuentes

El proyecto de ley responde a necesidad de diversificar las fuentes de suministro, asegurar el abastecimiento de combustible a los sectores productivos y mejorar la eficiencia económica

Al permitir la importación privada, se introduce competencia en el mercado, lo que puede resultar en mejores condiciones de suministro para sectores clave como la agroindustria, la minería y la construcción, liberándolos de la dependencia de un único proveedor estatal y potencialmente mejorando la logística y disponibilidad del combustible, se lee en el documento.

Con la importación de diésel y gasolina, se tendrán estás ventajas:

a) Diversificación de la oferta: La ley permitiría que actores privados importen combustibles directamente, aumentando las fuentes de suministro más allá de la oferta estatal y reduciendo la vulnerabilidad ante interrupciones en la cadena de

b) Mejora del abastecimiento sectorial: Sectores productivos como la agricultura, la minería y la construcción a menudo necesitan acceso oportuno a combustibles. La libre importación les permitiría abastecerse de manera autónoma y directa, según sus necesidades específicas.

c) Promoción de la eficiencia y la competencia: La entrada de nuevos importadores al mercado podría generar una mayor competencia, lo que a su vez podría llevar a una mayor eficiencia en la distribución y, potencialmente, a mejores precios para el consumidor final (aunque el combustible importado por privados no será subvencionado).

d) Agilización de trámites: Una ley que establezca un marco claro y ágil para la importación puede simplificar los procesos, haciendo más fácil y rápido para las empresas privadas obtener los permisos necesarios.

e) Autonomía empresarial: La medida otorga a las empresas la capacidad de gestionar de forma más autónoma el abastecimiento de uno de sus insumos más críticos, lo que les permite tomar decisiones más estratégicas y reaccionar mejor a las condiciones del

Por otro lado, existirá una coexistencia de carburantes, ya sea a precio subvencionado o a precio liberado, la población podrá decidir cuál adquirir acorde a sus necesidades.

Supresión de trabas

Según el proyecto de ley, se eliminan requisitos discrecionales y no técnicos y se mantiene solo la habilitación sanitaria y de seguridad, especificaciones de calidad del producto, plan de trazabilidad, pólizas y PGRS de derrames.

Se eliminan los requisitos discrecionales no técnicos de la Aduana Nacional en las exigencias de registros, habilitación, y garantías de las empresas de transporte internacional fluvial (remolcadores de empuje, barcazas, fluviales).

Condiciones de compra

Para la importación de diésel y gasolina, las personas naturales o jurídicas deberán contar:

  1. Con el equipo necesario para diferenciar el diésel y gasolina que cuenta con subvención y el que se importara de manera directa.
  2. Efectuar los reportes en línea la ANH, dejando constancia del porcentaje usado de cada uno de los combustibles diferenciando el subvencionado del importado de forma directa.

¿Cómo se podrá adquirir el combustible?

Según el proyecto de ley, las estaciones de servicio pueden comprar su combustible a un importador habilitado o importar su combustible de forma directa desde la frontera.

Se habilita el despacho directo desde puertos internacionales a destino, pudiendo descargar directamente en las estaciones de servicio o centros de distribución autorizados por la ANH.

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Los contratos entre importador y estación de servicio y puertos internacionales en el territorio nacional son libres (precio/margen), con obligación de publicidad diaria de precio mayorista y volúmenes comprometidos (salvo los puertos internacionales).

Las estaciones de servicio están autorizadas a comercializar hasta 19.900 litros de diésel importado por privados.

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