2026-01-20

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Justicia rechaza tutela sobre el Decreto Supremo 5515 que autoriza a Rodrigo Paz a gobernar a distancia

La determinación se adoptó durante una audiencia realizada en la ciudad de El Alto.

La Justicia determinó denegar la tutela sobre el Decreto Supremo 5515, que autoriza al presidente Rodrigo Paz a gobernar a distancia. La decisión se tomó durante una audiencia realizada por la Sala Constitucional Tercera en la ciudad de El Alto.

Tras más de cuatro horas de audiencia, el juez asignado al caso, Ricardo Guisbely Limachi, determinó “denegar la tutela solicitada mediante acción popular contra Rodrigo Paz y Edmand Lara (…), aclarando que no se ingresó al fondo del asunto. El pronunciamiento de la presente resolución implica la notificación a las partes que se encuentran presentes a las 19:55 de hoy”.

Este determinación implica que las autoridades jurisdiccionales no pueden dar un control normativo en los decretos emitidos por el presidente, por lo que se declararon incompetentes para tratar esta acción popular.

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De acuerdo con Guisbely Limachi “no se puede plantear acción popular alegando la inconstitucionalidad para eso están las acciones de inconstitucionalidad”.

El Decreto Supremo 5515 fue promulgado el 29 de diciembre por el mandatario para facultarse a sí mismo a gobernar desde cualquier parte, a través de los medios digitales necesarios. Ello le hubiera permitido asistir al Foro Económico de Davos, en Suiza, sin otorgarle el mando presidencial a Edmand Lara.

En una de sus partes sobresalientes, este decreto señala: “La Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional tiene las atribuciones establecidas por el Artículo 172 de la Constitución Política del Estado; deberá ejercer las mismas, a través de medios tecnológicos de comunicación, en caso de encontrarse fuera del territorio nacional de manera temporal”.

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