Caso “Narcomaderas”: ¡la Cancillería debe ejercer la protección consular ya!
En días pasados, el líder de la agrupación política “Libre”, Jorge “Tuto” Quiroga, ofreció una conferencia de prensa sobre el denominado caso “narco maderas”. Cuestionó los procedimientos empleados, reclamó explicaciones a la Cancillería, pidió sanciones y reparación a Chile y comparó el perjuicio ocasionado con el enclaustramiento marítimo boliviano. Se trata, desde luego, de una analogía política que expresa la gravedad que él atribuye a lo que ocurre.
El tema está adquiriendo dimensiones preocupantes. Ya no se trata únicamente de una investigación sobre la presunta presencia de sustancias controladas en cargamentos de madera exportados. Está en juego la reputación internacional de Bolivia, la seguridad jurídica de sus exportadores, la protección de una actividad económica y de sus trabajadores; y, sobre todo, la capacidad del Estado boliviano para defender sus intereses frente a Chile y garantizar la vigencia de derechos fundamentales de sus connacionales, como el debido proceso.
La Cancillería, en su miopía, no actúa con la oportunidad, firmeza y rigor jurídico que el caso exige. Da la impresión de que su principal preocupación es evitar cualquier polémica con el Gobierno de Chile. Parecería que, por encima de los intereses nacionales, se coloca el objetivo de mantener relaciones fraternas y avanzar en el restablecimiento de las relaciones diplomáticas, interrumpidas por Bolivia en 1978.
Por deber y dignidad debe actuar ya. Tiene que activar de manera inmediata la “protección consular”, mecanismo de amparo y asistencia consular reconocido por el Derecho Internacional y, particularmente, por la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.
Si continúa por este equivocado rumbo, el problema puede terminar convirtiéndose en una bomba de tiempo que, tarde o temprano, explotará en las manos del canciller y de su equipo, produciendo precisamente los efectos que se pretende evitar. Lastimosamente, enturbiará las relaciones con Chile.
El canciller Héctor Huanca, el cónsul general en Santiago -cabeza del cuerpo consular acreditado en Chile- y el cónsul, vicecónsul o quien se encuentre a cargo de las funciones consulares en Arica enfrentan, en este caso, una verdadera prueba de fuego. Deberán demostrar, con hechos y no solamente con declaraciones, que han cumplido las obligaciones que la ley les impone, que tienen las competencias y aptitudes para el ejercicio del cargo.
Como la memoria suele ser frágil, conviene recordar que la Ley del Servicio de Relaciones Exteriores (465) establece como obligación del Ministerio de Relaciones Exteriores “precautelar el respeto a los derechos fundamentales, identidad y dignidad de las bolivianas y los bolivianos residentes en el exterior y representar sus intereses ante otros Estados” (artículo 4, numeral 12).
No se trata, por tanto, de una atribución inventada para este caso. Es una obligación legal. Una disposición que, además, tiene una particular relevancia porque se refiere precisamente a la protección de los bolivianos frente a posibles arbitrariedades de autoridades extranjeras. En lo particular es una obligación encargada al servicio consular, conforme al artículo 19 de la misma Ley.
En ese marco, la pregunta que tendrán que responder, en el corto plazo, es sencilla, pero necesaria, es, ¿si cumplieron con sus obligaciones?, ¿cómo defendieron los derechos de los connacionales frente al Estado chileno? y ¿cómo protegieron los intereses económicos bolivianos en el exterior?
Cuando un connacional, sea una persona natural o jurídica, enfrenta una acusación por la presunta comisión de un delito en otro país, la Cancillería y, específicamente, las autoridades consulares tienen la obligación de prestar asistencia y protección dentro de los límites establecidos por el Derecho Internacional. Esto comprende que tengan asistencia legal, que se respeten sus derechos fundamentales y garantías judiciales, entre ellas el debido proceso.
Debe entenderse con claridad. La Cancillería no sustituye la defensa jurídica particular ni puede interferir en la independencia de la justicia extranjera. Tampoco le corresponde determinar la culpabilidad o inocencia de una persona o empresa sometida a investigación. Pero una cosa es respetar esos límites y otra, muy distinta, es que el Estado permanezca indiferente, dejándolo en el más absoluto desamparo, cuando un ciudadano boliviano denuncia que sus derechos fundamentales podrían estar siendo vulnerados.
La existencia de una defensa jurídica particular no exime al Estado, ni específicamente a sus autoridades consulares, de su responsabilidad de prestar asistencia y ejercer la protección consular cuando están comprometidos los derechos de sus nacionales o sus legítimos intereses de Bolivia en el exterior.
En el caso que nos ocupa, el empresario maderero Andrés Saladino Judeh ha denunciado públicamente que, pese a haberse apersonado al proceso con la debida asistencia jurídica, no habría podido acceder durante aproximadamente ocho meses al expediente investigativo, necesario para ejercer su defensa. También ha señalado que no se le está permitiendo realizar las contrapruebas necesarias para desvirtuar las acusaciones formuladas en contra de las empresas involucradas, que la actuación de la fiscalía chilena estaría afectando sus posibilidades de defensa y finaliza con una afirmación seria: siente sentirse discriminado por su condición de boliviano.
Las afirmaciones son graves, y precisamente por su gravedad, la cancillería no puede permanecer impertérrita e indiferente.
El derecho a la defensa no es solo una garantía reconocida por las legislaciones nacionales; es un derecho humano consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, de la que Bolivia y Chile son parte. Ante indicios de una posible vulneración de derechos fundamentales, corresponde a la Cancillería actuar, dentro del Derecho Internacional, mediante los canales diplomáticos y consulares con su similar chilena. El asunto deja de ser estrictamente privado o interinstitucional; cuando están comprometidos derechos fundamentales de bolivianos, adquiere dimensión estatal y debe ser abordado entre ambos Estados.
Hay que edificar buenas relaciones con Chile, precisamente por ello deben construirse sobre bases sólidas, no sobre silencios diplomáticos, ni sobre renuncias anticipadas a reclamar cuando existen razones suficientes para hacerlo.
Tender la alfombra roja para recibir al presidente chileno, José Antonio Kast, en su próxima visita oficial, mientras debajo de ella se intenta barrer toda la basura que se está acumulando alrededor del caso “narco maderas”, es una actitud inapropiada.