Negociación

Gobierno y gobernaciones fijan al menos seis criterios de distribución de recursos de coparticipación

También hay avances en las modificaciones a las leyes de Dominio Impositivo y de Relacionamiento Internacional, para dar mayor margen de autonomías a los gobiernos departamentales.

La redacción del proyecto de Ley Especial de Coparticipación entre los equipos técnicos del Gobierno y de las gobernaciones avanza con la definición de criterios de distribución vinculados con la prestación de servicios, el esfuerzo fiscal, la eficiencia y el cuidado de los bosques y el medio ambiente, informó el director del Servicio Estatal de Autonomías, Alfonso Lema.

Este trabajo forma parte del proceso hacia la política del 50-50, que contempla la incorporación de las nueve gobernaciones a la distribución de los recursos recaudados por impuestos. Hasta el momento, en el marco de la Ley de Coparticipación Tributaria de 1994, solo los municipios se benefician de esta asignación de recursos económicos en función de su población.

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Ahora se pretende extender la distribución a los gobiernos departamentales, por lo que se discuten los porcentajes y los criterios. “Entre hoy y mañana se va a avanzar en la Ley Especial de Coparticipación. Hay criterios sobre los que ya se han puesto de acuerdo los gobiernos departamentales y el nivel central del Estado”, explicó.

Los acuerdos tienen que ver con la asignación de recursos para mejorar los servicios, compensar el esfuerzo fiscal y la eficiencia de las entidades territoriales autónomas, así como valorar factores relacionados con la Amazonía, el cuidado de los bosques y el medio ambiente mediante incentivos ecológicos que reconozcan los esfuerzos en esta materia.

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Sobre los porcentajes de coparticipación, no se anticiparon datos. Sin embargo, el gobernador de Santa Cruz, Juan Pablo Velasco, aseguró en octubre que las gobernaciones no aceptarán menos del 15% de coparticipación tributaria.

Los impuestos sujetos a coparticipación son el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Transacciones (IT), el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), el Impuesto a los Consumos Específicos (ICE), el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) y el Gravamen Arancelario (GA).

De acuerdo con la normativa nacional, el 20% de la recaudación se destina a los gobiernos municipales y las autonomías indígenas, mientras que el 5% se asigna a las universidades públicas.

Además de las negociaciones sobre la coparticipación, también hay avances en las modificaciones de las leyes de Dominio Impositivo y de Relacionamiento Internacional, con el objetivo de otorgar mayor autonomía a los gobiernos departamentales.

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