lunes 23 de febrero de 2026

Incentivos empresariales

Ampliarán las facilidades pago para contribuyentes que dejaron de cancelar impuestos, según proyecto de ley

Por ejemplo, si se dejaba de pagar dos cuotas, Impuestos suspendía el beneficio e iniciaba la ejecución tributaria del saldo pendiente de pago, pero ahora se podrá reanudar las facilidades si se repone pagos hasta marzo de 2025.
Oficina del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). Foto: Abi
Oficina del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN). Foto: Abi
martes 26 de noviembre de 2024

Los contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (Sin) y de la Aduana Nacional, que se acogieron a un plan de pagos y no pudieron cumplir por diferentes motivos, podrán reanudar y mantener este beneficio, según plantea el proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025.

Esto será posible siempre y cuando los que tiene deudas pendientes con la Administración Tributaria, restablezcan sus aportes hasta el 31 de marzo de 2025.

El artículo 11 de la Ley del PGE 2025 (Reanudación de facilidades de pago incumplidas), señala que los sujetos pasivos del Sin y Aduana Nacional, con facilidades pago por deudas tributarias y multas incumplidas hasta el 31 de diciembre de 2024, aun cuando se encuentren en ejecución  tributaria, podrán continuar con el pago de sus cuota, manteniendo las condiciones y beneficios contemplados en las respectiva Resolución Administrativa de la Facilidad de Pago, siempre que los aportes se reanuden hasta el 31 de marzo de 2025.

Añade que los pagos parciales que se hubiesen realizado con posterioridad al incumplimiento de la facilidad de pago hasta el 31 de diciembre de 2024, serán imputados como pago a cuenta de la deuda y/o multas contenidas en la resolución de facilidad de pago, incumplida.

Además, sostiene que con la reanudación de las facilidades pago queda sin efecto la ejecución tributaria y/o sumario contravencional iniciados, así como las medidas de ejecución en curso adoptadas por la Administración Tributaria, a consecuencia de las facilidades de pago incumplidas.

El proyecto, aclara que se mantienen las medidas coactivas adoptadas con anterioridad a la constitución de facilidades de pago. Sin embargo, el incumplimiento a esta nueva facilidad, dará lugar a la ejecución tributaria.  

El docente y especialista en tributación, Roberto Viscafé, de la empresa Viscafé consultores tributarios - Crowe, explicó que la medida es favorable y saludable al contribuyente, aunque el Gobierno apela a la Ley del PGE para aprobar una disposición tributaria.

"Por ejemplo si dejas de pagar dos cuotas, el Sin suspendía el beneficio e iniciaba la ejecución tributaria por el saldo pendiente de pago, pero ahora se podrá reanudar el plan de pago, lo cual es positivo para el contribuyente y bajar la elevada mora que tiene la Administración Tributaria", precisó.