martes 24 de febrero de 2026

Normas

¿Cuál será la primera tarea de la nueva Asamblea Legislativa?

El presidente de la Cámara de Diputados recordó que este proyecto fue aplazado en su tratamiento en la sesión del 3 de octubre debido a observaciones.
Una sesión de la Cámara Baja en una imagen de archivo. Foto: Cámara de Diputados
Una sesión de la Cámara Baja en una imagen de archivo. Foto: Cámara de Diputados
viernes 31 de octubre de 2025

La nueva Asamblea Legislativa empezará su gestión el lunes 10 de noviembre y tendrá como primera tarea la aprobación del marco normativo para la selección, elección y designación de los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de los tribunales electorales departamentales.

Durante la entrega de credenciales a los nuevos asambleístas, el presidente en ejercicio del TSE, Óscar Hassenteufel, demandó que las dos principales misiones de los nuevos legisladores deben ser la elección “urgente” de los nuevos vocales del Órgano Electoral y viabilizar “a la brevedad”, la elección judicial complementaria.

El mandato de los actuales vocales termina el 19 de diciembre de este año.

El presidente de la Cámara de Diputados, Omar Yujra, recordó que este proyecto fue aplazado en su tratamiento en la sesión del 3 de octubre debido a las observaciones que se presentaron contra la propuesta, que previamente fue aprobada por la Cámara de Senadores, el 26 de agosto.

Los legisladores observaron que la iniciativa fue aprobada solo por mayoría y no por dos tercios, como establece una resolución constitucional.

“Explicamos que, debido a que el Senado había aprobado por mayoría absoluta y no por dos tercios, es que ese proyecto de ley tenía que tener dos caminos: por un lado, ir a consulta previa (al Tribunal Constitucional o) en su defecto, hacer modificaciones al proyecto de ley y remitirlo a la Cámara de Senadores. Sin embargo, en el tratamiento de esa sesión, ya en los últimos puntos, fue el Pleno de la Cámara de Diputados quien definió el aplazamiento de ese proyecto de ley”, expresó Yujra, citado en ABI.

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Conformada por 41 artículos y cuatro disposiciones adicionales, la propuesta legal establece y regula las etapas, fases, procedimientos, requisitos y plazos del proceso de selección, elección y designación de vocales del TSE.

El numeral 5 del artículo 13 de la Ley 018 del Órgano Electoral establece que, “con una anticipación máxima de cuarenta y cinco (45) días a la fecha de designación, la Asamblea Legislativa Plurinacional” deberá difundir “ampliamente la convocatoria a nivel nacional”.

El artículo 15 de la propuesta legal establece que luego de la publicación de la convocatoria, las personas que aspiren a las vocalías del TSE tendrán 15 días para presentar sus postulaciones; luego, durante tres días se realizará la verificación de requisitos habilitantes generales y específicos.

La Constitución y la Ley 018 del Órgano Electoral establecen que las asambleas legislativas departamentales “seleccionarán por dos tercios de votos de sus miembros presentes una terna” por cada una de las cuatro vocalías, garantizando la equidad de género y la plurinacionalidad.

De estas ternas, la Cámara de Diputados elegirá a los miembros de los tribunales departamentales electorales, “por dos tercios de votos de los miembros presentes, garantizando que al menos uno de sus miembros sea perteneciente a las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos del departamento”.