lunes 23 de febrero de 2026

Sigla

Ratificado: TCP da luz verde al TSE para cancelar la personería jurídica de la UCS

El magistrado del TCP por La Paz, Boris Arias, informó que se rechazaron los recursos presentados por UCS para tratar de mantener la sigla, con miras a nuevos procesos eleccionarios. “La comisión de admisión ha rechazado la acción de inconstitucionalidad”, explicó la autoridad.
Jhonny Fernández es el jefe nacional del partido celeste y blanco. Foto: Composición / Red Uno
Jhonny Fernández es el jefe nacional del partido celeste y blanco. Foto: Composición / Red Uno

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ratificó la decisión del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por la Unidad Cívica Solidaridad (UCS). Con esta determinación, el ente electoral tiene vía libre para la anulación de la personalidad jurídica del partido fundado por Max Fernández.

El magistrado del TCP por La Paz, Boris Arias, informó que se rechazaron los recursos presentados por la UCS para tratar de mantener la sigla, con miras a nuevos procesos eleccionarios. “La comisión de admisión ha rechazado la acción de inconstitucionalidad”, explicó la autoridad.

“No significa, quiero aclarar eso, que se esté afectando un partido en concreto. Esa es una competencia del Tribunal Supremo Electoral. El Tribunal Supremo Electoral decidirá, en base al rechazo que se ha dado a la acción de inconstitucionalidad concreta, cuál es el camino a seguir, cuáles serán las decisiones que vayan a tomar. La Comisión sólo ha conocido una solicitud de inconstitucionalidad que ha encontrado que no cumplía los requisitos mínimos para ser remitida”, indicó Arias, de acuerdo con un reporte de Radio Fides.

Lee también: TSE da la estocada final a ADN y espera resolución para definir la situación de la UCS

En ese sentido, el TCP remarcó que este tipo de acciones requiere una argumentación sólida que no puede ser “suplida por la propia instancia constitucional”. Por ello, la Comisión de Admisión estableció: “RATIFICAR la Resolución Jurisdiccional TSE-RSP-JUR 169/2025… y, en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Unidad Cívica Solidaridad (UCS)”, y con esto el TCP define la cancelación de la personería jurídica de UCS.

De acuerdo con el inciso “b” del artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, son pasibles de cancelación de su personería jurídica aquellos partidos al “no haber obtenido al menos el 3% del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron”.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por Max Jhonny Fernández Saucedo, jefe nacional de UCS, y Luis Alberto Antezana Pinaya, delegado político, quienes argumentaban que esta disposición vulnera derechos constitucionales como la participación política, el pluralismo y el derecho de asociación.