martes 6 de octubre de 2026

Energía

Bolivia abre las puertas a generar gas de la basura orgánica y fija requisitos

Mediante el decreto 5735 se autoriza la autoproducción de Biogás y/o Biometano destinada exclusivamente al autoconsumo de las necesidades energéticas térmicas, mecánicas o eléctricas.
Una celda del relleno sanitario de Alpacoma, en La Paz. Foto archivo: AMN
Una celda del relleno sanitario de Alpacoma, en La Paz. Foto archivo: AMN
martes 06 de octubre de 2026

La producción de biogás y/o biometano a partir del tratamiento de la basura orgánica para el autoconsumo ya cuenta con un marco normativo destinado a regular su generación en Bolivia, una vez que se cumplan al menos nueve requisitos establecidos en el Decreto Supremo 5735.

Se trata de producir estos combustibles mediante la recuperación y el aprovechamiento de gases en rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de aguas residuales y procesos de tratamiento biológico de materia orgánica y/o residuos orgánicos, con el objetivo de diversificar la matriz energética.

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La normativa aprobada el lunes por el gabinete del presidente Rodrigo Paz sienta las bases para la implementación de estas tecnologías por parte de personas naturales o jurídicas, públicas, privadas o mixtas.

En la ciudad de La Paz, en 2025 se informó que la Alcaldía firmó con la empresa privada Soboce un acuerdo para producir combustible a partir de la separación de residuos sólidos que produce la planta del exrelleno de Alpacoma; empero, hasta el momento no se tienen reportes de avances.

También existen otras experiencias privadas. Ahora, el Decreto Supremo 5735 fija las reglas para trabajar en esta nueva fuente de generación de gas, que puede contribuir a cambiar la matriz energética.

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Entre los requisitos técnicos y de seguridad para autorizar la autoproducción de biogás y/o biometano están la clasificación del autoproductor conforme a su capacidad instalada; los criterios de diseño y dimensionamiento del sistema de captación o del sistema de digestión anaeróbica; y las condiciones de almacenamiento, acondicionamiento y quema controlada del biogás y/o biometano.

Además, se exigen medidas de seguridad industrial, salud ocupacional, prevención de incendios y atención de contingencias; monitoreo de emisiones, olores y vectores, junto con sus parámetros mínimos de reporte; y criterios de cierre y desmantelamiento del sistema de aprovechamiento de biogás y/o biometano.

De acuerdo con la norma, las actividades de producción de biogás y/o biometano deben desarrollarse bajo criterios de prevención, control y mitigación de impactos ambientales.