Decreto Supremo 5245
Rigen cupos para llevar alimentos a frontera y quienes no tengan permiso pueden ir a la cárcel
A partir de la fecha la gente que lleva alimentos para vender en poblaciones fronterizas deberán recabar permisos y se establecerán cupos mínimos y máximos, si se sorprende a personas transportando volúmenes en exceso para sacar de contrabando, se le quitará la mercancía y será encarcelada.
El gabinete de ministros y el presidente del Estado, Luis Arce, aprobaron el miércoles el Decreto Supremo 5245 que tiene la finalidad de fortalecer la lucha contra el contrabando, la salida ilegal de alimentos y la implementación de medidas que coadyuven en el control efectivo dentro del territorio nacional. La norma reglamenta la Ley No 100.
La norma señala que las mercancías que estén sujetas a un régimen especial de tráfico con destino a la zona de seguridad fronteriza deberán estar respaldados con el Certificado de Abastecimiento Interno para Zonas Fronterizas, emitido por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural a través del Viceministerio de Comercio y Logística Interna.
El Consejo para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad la lista de mercancías que estarán sujetas al régimen especial de tráfico, almacenaje, y/o comercialización para su protección específica.
El ministro de Desarrollo Productivo, Néstor Huanca, explicó que en esta lista se incluirá por ejemplo al arroz, carne de res, carne de pollo, carne de cerdo, huevo, papa, ganado en pie, algunas verduras, entre otros. Aunque sólo un cupo limitado.
Además, dijo que para el abastecimiento de alimentos a la población en las zonas fronterizas como el Desaguadero, se habilitará un registro único de proveedores, quienes deben recabar primero un certificado. Esta disposición no alcanza a quienes llevan alimentos para consumo doméstico.
Pero quienes extraigan, transporten, almacenen productos en demasía o exceso hacia poblaciones fronterizas pueden ser sujetos a demanda penal y a penas de cárcel de 10 a 14 años.
“Extraer de territorio nacional, almacenar, transportar mercancías que no cuenten con el permiso respectivo será considerado delito. Habrá un registro de proveedores únicos que son las personas o agentes económicos que ya comercializan en frontera, pero la gente nueva, aventureros, contrabandistas ya no podrán hacerlo. La extracción, almacenamiento y transporte de alimentos sin permiso, tiene de 10 a 14 años de prisión", reiteró Huanca.
El Decreto 5245 señala que el Consejo para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad determinará el establecimiento de Proveedores Únicos para la distribución y comercialización en la zona de seguridad fronteriza, en base a propuesta realizada por los ministerios competentes.
Los cupos mínimos y máximos destinados al abastecimiento de las poblaciones en la zona de seguridad fronteriza, serán determinados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y/o el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, para lo cual coordinarán con los Gobiernos Autónomos Municipales.
El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, a través del Viceministerio de Comercio y Logística Interna, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional a través del Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor y demás instancias correspondientes, desarrollará controles del abastecimiento de forma periódica en la zona de seguridad fronteriza donde se hallen establecidos Proveedores Únicos.
Para las mercancías que estén sujetas a un régimen especial de tráfico con destino a la zona de seguridad fronteriza, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y/o el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, en el marco de lo determinado por el Consejo para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad, otorgarán el Certificado de Proveedores Únicos para la distribución y comercialización en la zona de seguridad fronteriza, conforme a reglamentación y según corresponda, subraya el Decreto.
Decomiso de huevo
El 8 de octubre, un camión cargado con más de 1.000 maples con huevo fue interceptado y secuestrado cuando se dirigía hacia Perú. Los huevos fueron entregados a la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (EMAPA), para su comercialización a precio y peso justo.
El viceministro de Lucha Contra el Contrabando, Luis Amilcar Velásquez, informó del operativo ejecutado en Chaguaya, departamento de La Paz, y de la incautación del alimento que tiene un valor de 33.000 bolivianos, reportó ABI.
Asimismo, en pasadas horas, dos policías pertenecientes a la Policía Caminera, fueron enviados a la cárcel de San Pedro después que fueron aprehendidos el lunes 7 de octubre, en el municipio de Patacamaya, cuando presuntamente escoltaban un convoy de camiones con contrabando.
Los militares reforzaron el control camino a las fronteras, para detectar el denominado contrabando a la inversa de alimentos.
El Comando Estratégico Operacional de Lucha Contra el Contrabando (CEO-LCC) está encargado de proteger la producción nacional y opera en tres líneas: Una primera se desplaza a lo largo de las fronteras con Chile, Argentina, Paraguay y Perú, mientras la segunda actúa en los pasos aduaneros, con patrullas, de manera conjunta con la Aduana Nacional; y la tercera línea ejecuta operativos de control en el mercado interno, junto con Impuestos Nacionales, la Policía Boliviana y otras instituciones.