Justicia
Dos acciones constitucionales desencadenaron procesos contra jueces, mientras Evo Morales no es aprehendido hace 7 meses
Las acciones constitucionales que se dieron dentro del caso de trata y tráfico de personas, abierto en 2024, en el departamento de Tarija contra el expresidente del MAS, Evo Morales, generaron que dos jueces sean procesados en la vía penal, por prevaricato, incumplimiento de deberes y desobediencia a resoluciones constitucionales.
Las acciones constitucionales iniciaron el 2 de octubre de 2024, fecha desde la cual la Fiscalía y la Policía Boliviana no ejecutaron las diferentes órdenes de aprehensión emitidas en contra del dirigente cocalero, quien se niega a comparecer para ser investigado por la supuesta relación que tuvo con una menor de 15 años, con quien tuvo un hijo, según un certificado de nacimiento oficial que se presentó como prueba en Tarija.
Los procesos
“Ambos jueces han actuado sin competencia, han resuelto acciones constitucionales sin justificar por qué están resolviendo en la vía constitucional actos que fácilmente se pueden resolver en la vía ordinaria”, declaró el presidente del Consejo de la Magistratura, Manuel Baptista, ayer en Sucre, luego de conocer los detalles de las resoluciones emitidas por dos jueces en el caso de Morales.
Baptista anunció el inicio de procesos penales y disciplinarios contra los jueces de lucha contra la corrupción y contra la violencia hacia las mujeres, Lilian Moreno, de Santa Cruz y Franz Zabaleta, de La Paz.
En el caso de Moreno, el Ministerio de Justicia ya presentó una audiencia por los delitos de prevaricato, incumplimiento de deberes y desobediencia de resoluciones constitucionales. No obstante, hoy se conoció que la Fiscalía imputó a Moreno por dos últimos delitos.
Bautista explicó que ambos jueces cometieron faltas disciplinarias gravísimas, al haber extralimitado sus poderes y emitir resoluciones constitucionales por temas que no eran de su competencia.
Denuncia
De acuerdo a la denuncia presentada por el ministro de Justicia, César Siles, la acción constitucional que dio inicio a este problema legal fue emitida por Moreno el 2 de octubre de 2024, en respuesta a una acción de libertad interpuesta por Morales, contra una resolución de aprehensión que dictó el Juzgado Anticorrupción Quinto, de la ciudad de Tarija, en el caso por trata y tráfico que se le sigue.
La jueza cruceña emitió la Sentencia Constitucional 22/2024, en relación a dos puntos. El primero, instruía dejar sin efecto la orden de aprehensión que se había emitido contra el cocalero. En segunda instancia Moreno favoreció a Morales con el traslado del caso a un juzgado en Villa Tunari, en el Trópico de Cochabamba, por ser su lugar de residencia y arguyendo el precepto del “juez natural”, pese a que la víctima y el delito se cometieron en Tarija.
Recordemos que luego de esa resolución, en Tarija se volvió a emitir una nueva orden de aprehensión contra Morales. Por este hecho, la defensa de Morales presentó, el 11 de octubre, la primera acción de queja constitucional ante Moreno, indicando que la Fiscalía de Tarija y el juez de la causa no acataron la sentencia 22/2024.
Ante la resolución 22/2024 de Moreno, el Servicio plurinacional de Asistencia a la Víctima (Sepdavi), presentó una acción de libertad ante el juzgado Anticorrupción 13vo de la ciudad de La Paz, a cargo de Zabaleta, quien el 14 de octubre de 2024 emitió la resolución Nº 345/2024, por medio de la cual dejó sin efecto parte de la instrucción de Moreno, al señalar que el caso debía quedarse en Tarija.
Tribunal Supremo
Bautista, explicó que, en los temas de la jurisdicción de los jueces y sus competencias, las controversias deben ser resueltas por la máxima autoridad, es decir el Tribunal Supremo de Justicia y no así por medio de acciones de libertada o amparos.
En la denuncia, el Ministerio de Justicia revela que la defesa de Morales presentó una segunda queja constitucional contra la resolución 345/2024 y el incumplimiento de la sentencia 22/2024. La acción se repite el 7 de enero de este año y el 23 de abril finalmente la juez Moreno vuelve a intervenir y deja sin efecto la nueva orden de aprehensión que se tenía contra Morales.
Fue debido a esta última resolución que la Magistratura y el Ministerio de Justicia iniciaron los procesos contra Moreno, uno de los cuales ha derivado en la aprehensión y la audiencia cautelar que debe desarrollarse hoy, en La Paz, para la cual la Fiscalía solicitó el encarcelamiento de la jueza, por 30 días, en el penal de Palmasola de Santa Cruz.
No obstante, la relación de hechos expuesta por el Ministerio de Justicia y el contenido de las resoluciones de las acciones de libertada y constitucionales, revelan que la Policía y la Fiscalía incumplieron, desde octubre de 2024, las diferentes órdenes de aprehensión que se emitieron desde esa fecha. Al contrario, una jueza ya fue detenida en un operativo que es cuestionado y calificado de “secuestro” por parte de los familiares de la jueza Moreno.