El dilema del DIFERIMIENTO
El 5 de noviembre de 2025 se promulgó la Ley 1670, mediante la cual se estableció un diferimiento temporal de pagos y la suspensión de embargos para créditos de vivienda de interés social y unidades económicas de tamaño micro y pequeña en Bolivia, como respuesta a los problemas coyunturales que atraviesan parte de los deudores del sistema de intermediación financiera en el cumplimiento de sus obligaciones crediticias. Normativa que está paralizada en su aplicación y que indujo el inicio de una disyuntiva entre los deudores y el sector bancario.
De acuerdo a cálculos efectuados por las anteriores autoridades, más de 1,4 millones de prestatarios se verían beneficiados por la implementación de la normativa, pertenecientes a los sectores priorizados; vivienda de interés social y sector productivo, los cuales representan el 74% del total de los deudores, que alcanzaron a más de 1,9 millones a septiembre de la presente gestión.
Esta medida contiene un componente central de análisis que justifica su aplicación, siendo este el índice de mora del sistema financiero que, si bien, a septiembre de 2025, en promedio se situó en 3,2%, inferior al promedio de la región que alcanzó a 3,3%, tiene una leve tendencia creciente. A su vez, el índice de mora de créditos al sector productivo alcanzó a 2,5% muy por debajo del mencionado promedio del sistema y con una tendencia estable. Lo que es realmente preocupante es el índice de mora de créditos de vivienda de interés social el cual alcanzó a 3,9%, es decir muy por encima del promedio del sistema (3,2%) y con una tendencia creciente.
Este aspecto se constituye en una preocupación debido a que el mencionado índice de mora de vivienda de interés social tiene una tendencia creciente desde años atrás, ya que el 2020 inició su ascenso alcanzando el 1%, con un crecimiento constante que prosiguió a lo largo de estos últimos años, hasta llegar al mencionado 3,9%.
De suspender la aplicación de la normativa de diferimiento, se podría esperar un incremento aún mayor del índice de mora en el sistema, arrastrado principalmente por el impago de los créditos de vivienda de interés social, con el consecuente incremento de la ejecución de las garantías de este tipo de créditos, lo cual implica los remates y desalojos, necesarios para la recuperación de los recursos prestados a los deudores que incumplieron con sus obligaciones crediticias.
Es importante recordar que, a septiembre de la presente gestión, más de 100 mil familias bolivianas se beneficiaron de los créditos de vivienda de interés social, reflejando que definitivamente se constituye en una medida acertada por el impacto que representa en el acceso a la vivienda propia.
De hecho, los gremios que conforman el sistema financiero, ASOBAN, ASOFIN y FINRURAL, han mostrado su desacuerdo con esta medida por considerar que la misma alterará el flujo del sistema financiero, afectando la liquidez de las entidades de intermediación financiera, así como la capacidad del sistema de seguir otorgando créditos a familias, emprendedores y empresas, aspectos que podrían debilitar la estabilidad del sistema financiero y poner en riesgo la confianza del público.
El tema se está convirtiendo en un dilema que debe resolverse a la brevedad posible, ya que por un lado parte de los deudores se aferran a la necesidad de diferir sus cuotas por al menos 6 meses como establece la norma, obteniendo de esta manera un alivio financiero y el sector de la banca que interpuso medidas cautelares ante el Tribunal Constitucional, observando un supuesto proceso irregular que se habría seguido para la aprobación de la mencionada ley.
Es imprescindible que el ejecutivo coadyuve en la solución de esta problemática, considerando que existe una parte de los deudores del sistema financiero que realmente fueron afectados por los problemas del contexto económico. Contingencia que aún atraviesa nuestro país.