2026-01-10

Justicia

Montaño se acoge a su derecho al silencio y espera su audiencia cautelar

Se espera que en las próximas horas se pueda instalar la audiencia de medidas cautelares del exministro de Obras Públicas, Edgar Montaño, para definir su situación jurídica.

El exministro de Obras Públicas, Edgar Montaño, se acogió a su derecho al silencio. La exautoridad fue aprehendida este viernes 9 de enero en la ciudad de Santa Cruz, acusado por los delitos de Contratos Lesivos al Estado, Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, dentro del caso por presunto daño económico al Estado mediante contratos con una empresa china para la construcción de la carretera doble vía “El Sillar”, tramo clave de la ruta Cochabamba–Santa Cruz.

La Fiscalía reportó este sábado 7 de enero que la exautoridad se acogió a su derecho al silencio y se espera que en las próximas horas se pueda instalar su audiencia de medidas cautelares para definir su situación jurídica.

“(Montaño) ha ejercido la autoridad máxima en el ministerio de Obras Públicas, y se encontraba bajo su tuición la ABC, en la cual dicha institución ha suscrito contratos, contratos complementarios y contratos modificatorios con una empresa china, a quien se le ha beneficiado en el tipo de cambio, mayor al tipo de cambio oficial”, señaló el fiscal anticorrupción, Omar Yujra.

Lee también: Ministerio Público solicitará la detención preventiva en una cárcel para el exministro Montaño

Asimismo, la Fiscalía dio cuenta de que hay otras ocho exautoridades que también están siendo investigadas, entre ellas exautoridades y funcionarios de la ABC, así como gerentes de una empresa vinculada al caso.

El fiscal indicó que el tipo de cambio aplicado en los pagos irregulares fue Bs 6,98, mientras que el oficial era de Bs 6,96.

Según el fiscal general del Estado, “existe una investigación que se realiza a denuncia de un asambleísta nacional, es decir, un diputado nacional del departamento de La Paz, bajo la dirección funcional del Ministerio Público en La Paz”. “Con base en diferentes indicios documentales, declaraciones testificales e informes policiales, en los cuales se sugería la aplicación de lo que establece el artículo 226 del Código de Procedimiento Penal, que habla de la aprehensión sin previa citación para cualquier persona que tenga que ver con un hecho ilícito. En este caso, el hecho de que existían los indicios, el peligro de fuga y de obstaculización dio lugar a que se pueda emitir una resolución y un mandamiento de aprehensión con relación al ciudadano Edgar Montaño”, explicó Roger Mariaca.

Te puede interesar