Conflicto
Lara le dice a Paz que "el poder no es eterno” tras su viaje a Paraguay sin dejarlo como presidente interino
El presidente Rodrigo Paz viajó el sábado a Paraguay y puso en vigencia el decreto 5515 que le permite gobernar desde fuera de Bolivia. El vicepresidente Edmad Lara aseguró que la norma es inconstitucional y le advirtió que “el poder no es eterno”.
Paz viajó de forma sorpresiva el sábado a Paraguay, donde participó de la firma del acuerdo comercial entre el Mercado Común del Sur (Mercosur), del que Bolivia es miembro pleno, y la Unión Europea. No hizo la habitual transmisión de mando a Lara.
“Decirle a Rodrigo Paz que el poder no es eterno, que no se deje asesorar mal, porque lo que él está haciendo es cometer los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y a la ley. En su momento, cualquier otro gobernante que entre lo va a juzgar”, advirtió el fin de semana tras participar de un acto en Cochabamba.
Paz y Lara mantienen una compleja relación desde antes de ganar las elecciones, en la segunda vuelta de 19 de octubre. El vicepresidente se declaró el 23 de diciembre opositor al Gobierno y el 14 de enero cerró la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (ADSIB), que dependía de la Vicepresidencia.
En medio de esta escalada de diferencias, el 29 de diciembre el Gobierno aprobó el decreto 5515 que le permite a Paz gobernar desde fuera de Bolivia, dejando de lado la transmisión de mando al Vicepresidente antes de cada viaje al exterior.
“La Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional tiene las atribuciones establecidas por el Artículo 172 de la Constitución Política del Estado; deberá ejercer las mismas, a través de medios tecnológicos de comunicación, en caso de encontrarse fuera del territorio nacional de manera temporal”, establece el parágrafo I del decreto en cuestión.
Lara aseguró que esta forma de gobernar afecta la imagen de Paz y pierde credibilidad ante la sociedad.
La Constitución Política del Estado establece en parte del artículo 170 que “en caso de ausencia temporal, asumirá la Presidencia del Estado quien ejerza la Vicepresidencia, por un periodo que no podrá exceder los noventa días”.