Subnacionales 2026
TSE confirma inhabilitación de Mario Cossío por incumplir requisito de residencia
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirmó la inhabilitación de Mario Cossío como candidato a la Gobernación de Tarija, tras resolver el recurso de apelación y establecer el incumplimiento del requisito constitucional de residencia permanente.
El secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga, explicó que la observación se sustentó en contradicciones detectadas en la documentación presentada. “El Tribunal Electoral Departamental de Tarija ha conocido una demanda de inhabilitación (…) señalando que no cumplía el requisito de residencia, al establecerse que la documentación presentada tenía contradicciones en cuanto a la declaración voluntaria notarial, además del certificado de domicilio electoral”, precisó.
Arteaga detalló que, al revisar el recurso, la Sala Plena identificó inconsistencias sobre la residencia permanente. “Existe una declaración notarial que acreditaría que el señor Mario Cossío reside permanentemente en el departamento de Tarija. Sin embargo, en la misma documentación (…) el mismo Sr. Mario Cossío declara que tiene refugio en Paraguay y que vive en Paraguay con su familia”, señaló.
Según la autoridad electoral, ese elemento fue determinante. “Esto estaría estableciendo que el candidato no cumple con el requisito de residencia permanente de dos años anteriores a la elección”, afirmó.
La explicación del TSE se produce luego de que Cossío cuestionara la decisión del ente electoral. Este viernes, el ahora excandidato afirmó que se repiten “las mismas prácticas del pasado”, en alusión a su suspensión como gobernador en diciembre de 2010. Además, anunció que recurrirá a “todos los recursos” previstos por la ley.
En contacto con Visión 360, el político calificó la determinación como discriminatoria. Argumentó que no se aplicó el mismo criterio al candidato a la Gobernación de La Paz por la alianza Patria Sol, Luis Revilla, quien retornó al país en 2025.
Arteaga aclaró que la inhabilitación no se fundamentó en la condición de refugiado. “La Sala Plena no ha considerado ningún tema que tenga que ver con refugio (…) solamente ha valorado que no se estaría cumpliendo con el requisito de residencia permanente”, remarcó.
Con base en ese análisis, el TSE resolvió revocar la resolución del Tribunal Electoral Departamental de Tarija y disponer la inhabilitación del candidato.