2026-03-27

Tierras

Ministro Justiniano y senador Marinkovic destacan aprobación de Ley 157 que permite convertir la pequeña propiedad en mediana

El ministro de Desarrollo Productivo y un senador de la alianza Libre sostienen que los pequeños propietarios podrán acceder a créditos con intereses bajos y, además, usar su tierra como garantía, algo que antes estaba prohibido por la normativa vigente.

El senador por la alianza Libre, Branko Marinkovic, y el ministro de Desarrollo Productivo, Óscar Justiniano, ambos empresarios del sector agropecuario, celebraron la sanción del proyecto de Ley 157 por la Cámara de Diputados, que autoriza la conversión de la pequeña propiedad campesina a mediana ante el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

El pasado jueves, la Cámara Baja sancionó el proyecto de Ley 157, documento que debe ser remitido al Poder Ejecutivo para su respectiva promulgación.

Al respecto, Justiniano saludó la decisión asumida por los diputados, que sancionaron este proyecto de ley, el cual permitirá que un pequeño productor pueda solicitar ante el INRA el cambio de su categoría a mediana propiedad.

“Esto significa que el productor va a poder ir al banco, poner su bien como parte de la garantía y, por supuesto, acceder a créditos financieros más accesibles y mejores", destacó.

Aclaró que, después de ser promulgado por el presidente Rodrigo Paz, el proyecto permitirá que, de manera voluntaria, el pequeño productor pueda acceder a créditos bancarios, con la posibilidad de usar su bien como garantía, y “por supuesto, va a poder tener créditos mucho más baratos y mejores”, aseguró.

Consideró que los pequeños productores eran tratados de forma discriminatoria, porque no podían optar por un crédito bancario, como sí lo hacían los productores medianos y grandes, que “pueden tener créditos al 6,5% o al 6%; cuando un pequeño productor estaba condenado a créditos que superaban el 12%, 18% o 20%, porque adquirían los productos de casas comerciales”.

Debido a ello, dijo que la sanción de este proyecto de ley es un avance en la calidad de vida de los pequeños productores, porque ellos podrán, en un futuro cercano, acudir a un banco, y el Gobierno acompañará este ámbito productivo, pujante tanto en el occidente como en el norte del país, afirmó.

Consideró que, de esta forma, los pequeños productores dejarán de pagar créditos caros para adquirir insumos, semillas y otros insumos necesarios.

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El senador Branko Marinkovic, por su parte, dijo que a partir de la sanción de este proyecto de ley: “la pequeña propiedad se puede convertir en mediana de manera voluntaria; significa que el pequeño productor que tiene título igual puede vender su tierra, pero antes no podía usarla como garantía”.

Esto implica que, una vez que el presidente promulgue la ley: “18 millones de áreas en Bolivia pueden entrar al sistema financiero; esto no solo ayuda al país, sino al pequeño productor, que podrá acceder a bienes a largo plazo”, afirmó.

“Es decir, puede comprarse un tractor, tener garantía, comprar la parcela de un pariente o hermano a largo plazo, y así crecer y mejorar su vida”, aseguró.

Marinkovic afirmó que esto representa la “libertad agraria” y lo que estaban buscando, y señaló que la medida constituye una inyección a la economía boliviana, que actualmente enfrenta dificultades. “Tenemos demasiados problemas en la economía y son problemas que tenemos que solucionar. Este es un primer paso; después habrá la titulación individual, todavía hay mucho trabajo por delante”, dijo.

Agregó que “lo que estamos haciendo es facilitar la vida de un productor”, descartando las posiciones en contra del proyecto.

El proyecto de Ley 157 autoriza al INRA la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana de manera voluntaria y gratuita, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Según el artículo 3 del documento, el procedimiento de actualización catastral puede ser solicitado por el titular del derecho propietario de la pequeña propiedad, de forma escrita ante el INRA. No requiere más trámite que la solicitud escrita y la presentación de una Declaración Jurada voluntaria, en la que exprese claramente la decisión de la conversión.

El titular del derecho propietario podrá acceder al procedimiento de manera gratuita, cumpliendo con el trámite establecido en la reglamentación que será elaborada por el Poder Ejecutivo.

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