2026-04-09

Banca

La ASFI ajusta tarifas para giros al exterior y el BCB redefine el uso del tipo de cambio en tarjetas

Uno de los principales cambios dispone que todas las transacciones con tarjetas de débito y crédito en el exterior deberán realizarse utilizando exclusivamente el valor referencial de venta del dólar estadounidense, publicado diariamente por el BCB. Esta disposición busca uniformar criterios y brindar mayor transparencia a los consumidores financieros.

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) actualizó hoy las tarifas aplicables a transferencias y giros al exterior, en el marco de una adecuación normativa aprobada por el Banco Central de Bolivia (BCB), que también modificó el Reglamento de Operaciones Cambiarias.

La medida fue oficializada mediante la Resolución ASFI/299/2026, que establece nuevos parámetros para evitar cobros arbitrarios en servicios financieros, especialmente en operaciones internacionales realizadas por usuarios del sistema bancario, informó la ASFI a través de una nota de prensa.

La ASFI aprobó la modificación al Reglamento de Tasas de Interés, Comisiones y Tarifas. Esta medida fortalece el control y la vigilancia sobre los cobros que las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) aplican a los consumidores financieros.

Uno de los principales cambios dispone que todas las transacciones con tarjetas de débito y crédito en el exterior deberán realizarse utilizando exclusivamente el valor referencial de venta del dólar estadounidense, publicado diariamente por el BCB. Esta disposición busca uniformar criterios y brindar mayor transparencia a los consumidores financieros.

En cuanto a los giros y transferencias al exterior, la ASFI definió bandas tarifarias específicas. Para montos de hasta 1.000 dólares, los usuarios solo deberán cubrir el costo del corresponsal internacional. En operaciones superiores a ese monto, las comisiones oscilarán entre el 5% y el 10%.

Asimismo, se establece que las transferencias en otras monedas extranjeras por encima de los 1.000 dólares podrán tener una comisión de hasta el 20%. En el caso de pagos vinculados a servicios de salud y educación, las transferencias en efectivo tendrán una comisión fija del 3%.

La ASFI ratificó que varios servicios financieros básicos continuarán siendo gratuitos, entre ellos la emisión y renovación de tarjetas de débito, la provisión de tokens digitales, el bloqueo de tarjetas y la obtención de extractos en formato digital.

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Estas disposiciones se enmarcan en cambios regulatorios impulsados por el BCB, que mediante la Resolución de Directorio 43/2026 dejó sin efecto el Capítulo VII del Reglamento de Operaciones Cambiarias. La modificación permite que el sistema financiero utilice el tipo de cambio referencial de venta del dólar en operaciones con tarjetas, reforzando la coherencia entre la política cambiaria y los servicios financieros.

El artículo 1 de la resolución dispone: “Dejar sin efecto el Capítulo VII del Reglamento de Operaciones Cambiarias, aprobado mediante la Resolución de Directorio N° 63/2013 de 11 de junio de 2013”. La resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, manifiesta el artículo 2 de la misma.

La ASFI informó que todas las entidades de intermediación financiera fueron notificadas para el cumplimiento inmediato de la normativa. Asimismo, advirtió que el incumplimiento de los límites tarifarios o la falta de transparencia en la información al cliente será sancionado conforme a la Ley de Servicios Financieros.

Las nuevas disposiciones ya se encuentran vigentes y forman parte de las medidas orientadas a fortalecer la regulación del sistema financiero y proteger a los usuarios en sus operaciones internacionales.

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