2026-06-04

Convulsión social

Senado aprueba proyecto de ley que regula los estados de excepción y la intervención de fuerzas públicas

Después de casi seis horas, la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley que regula los estados de excepción, el documento será remitido a la Cámara de Diputados.

La Cámara de Senadores aprobó la noche de este jueves el proyecto de ley que regula la declaratoria, aplicación y control de los estados de excepción en el país, en el que se establecen las condiciones bajo las cuales el Órgano Ejecutivo podrá adoptar medidas extraordinarias frente a amenazas externas, conmociones internas, desastres naturales o situaciones que pongan en riesgo la seguridad del Estado.

El proyecto de ley fue aprobado con el respaldo mayoritario de las bancadas parlamentarias. Este documento fue remitido por el Órgano Ejecutivo en una coyuntura de convulsión social que se arrastra en el país, desde hace 35 días, en los cuales se procedió al bloqueo de carreteras de varias regiones, provocando el desabastecimiento de productos de la canasta familiar, insumos médicos y oxígeno.

La medida de presión fue asumida por la Central Obrera Boliviana (COB) que exige la renuncia del presidente, Rodrigo Paz, y rechaza acudir al diálogo con el Gobierno, a la medida se sumó un grupo afín al expresidente Evo Morales, que llegó desde Cochabamba y en estos últimos días lanzó advertencias contra la población urbana para que se sume a la protesta,.

En un debate que se extendió por más de dos horas, los senadores expusieron sus puntos de vista, sus observaciones y dudas sobre el proyecto enviado por el Órgano Ejecutivo, algunos expresaron su rechazo a la aprobación de ese proyecto de ley, con el argumento de que se daba vía libre a la violación de los derechos humanos de los sectores movilizados.

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Por su parte, los senadores que apoyaban la aprobación se refirieron a la situación en la que los bloqueos afectaron sobre todo a la sede de Gobierno, extremo que obligó a la Gobernación a declarar una crisis sanitaria y humanitaria, reclamaron por los daños provocados a la población que vive de su trabajo diario y se ve imposibilitada dedicarse a sus actividades, y al daño a la economía del país, en más de un mes de iniciada esa medida de presión.

El proyecto de ley define al estado de excepción como un régimen jurídico extraordinario y temporal destinado a preservar el orden constitucional y la seguridad del Estado ante circunstancias excepcionales. Además, establece que toda declaratoria deberá realizarse mediante decreto supremo y contar con una fundamentación, delimitación territorial, duración, facultades extraordinarias autorizadas e identificación de las instituciones encargadas de su ejecución.

Entre los principios que regirán la aplicación de los estados de excepción, se encuentran la constitucionalidad, legalidad, proporcionalidad, necesidad, subsidiariedad, no discriminación, temporalidad, gradualidad en el uso de la fuerza y la buena fe de las actuaciones estatales.

El proyecto dispone que la declaratoria de estado de excepción podrá tener una vigencia de hasta 90 días y, de manera excepcional, ampliarse con autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional mediante mayoría absoluta de los miembros presentes a 180 días.

La propuesta también establece definiciones sobre conceptos como seguridad del Estado, infraestructura crítica, orden público interno, amenaza externa, conmoción interna, desastre natural e insuficiencia operativa sobreviniente de la Policía Boliviana.

El proyecto regula la participación de las Fuerzas Armadas durante los estados de excepción. Al respecto sostiene que la Policía Boliviana mantendrá el mando primario en las operaciones de preservación del orden público; sin embargo, el Ejecutivo podrá disponer el apoyo extraordinario, temporal y proporcional de las Fuerzas Armadas cuando la institución policial sea superada o exista insuficiencia operativa para enfrentar situaciones de conmoción interna.

También establece que el uso de la fuerza deberá ser excepcional, diferenciado y estrictamente necesario para neutralizar riesgos graves e inminentes contra la vida, la seguridad de la población, la estabilidad institucional o la infraestructura estratégica del Estado.

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Garantiza que la declaratoria de estado de excepción no podrá suspender derechos fundamentales, el debido proceso, el derecho a la información, las garantías constitucionales ni las acciones de defensa. También prevé que el Ministerio Público mantenga sus funciones de manera ininterrumpida durante la vigencia de estas medidas extraordinarias.

En materia de protección jurídica, la iniciativa contempla patrocinio legal para servidores públicos, efectivos policiales y militares sometidos a procesos judiciales o administrativos por actos realizados durante el estado de excepción. Sin embargo, excluye de esta protección legal los casos relacionados con tortura, desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual y otras graves violaciones a los derechos humanos.

Concluido el estado de excepción, el Órgano Ejecutivo deberá rendir cuentas ante la Asamblea Legislativa Plurinacional sobre las razones que motivaron su declaratoria y el uso de las facultades extraordinarias otorgadas, en un plazo de 30 días hábiles.

Tras su aprobación en la Cámara de Senadores, el proyecto será remitido a la Cámara de Diputados para su tratamiento y correspondiente sanción.

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