2026-09-03

Acciones

Gobierno interviene la ANH mediante decreto tras la intervención de YPFB

El Decreto Supremo 5699 establece la intervención por 180 días de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). La medida se da un día después de que el Ejecutivo realizó una intervención en la empresa estatal de hidrocarburos.

Este jueves, el Gobierno tomó la decisión de intervenir la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) mediante el Decreto Supremo (DS) 5699 por un periodo de hasta 180 días, ante deficiencias, riesgos y vulnerabilidades identificados en los mecanismos de regulación, supervisión, control y fiscalización de las actividades hidrocarburíferas.

La medida, emitida el 2 de septiembre, crea una Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria de la ANH para dirigir, supervisar, evaluar y coordinar las acciones durante el periodo de intervención. La decisión se tomó en la misma línea de la intervención adoptada el miércoles contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).

“El presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer, con carácter extraordinario, temporal y de aplicación inmediata, la intervención estatal de la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, ante las deficiencias, riesgos y vulnerabilidades identificados en los mecanismos de regulación, supervisión, control y fiscalización de las actividades hidrocarburíferas, particularmente aquellas vinculadas al abastecimiento interno de hidrocarburos y sus derivados, cuya situación responde, en parte, a decisiones normativas, regulatorias, administrativas y contractuales adoptadas durante anteriores gestiones de gobierno y cuyos efectos se mantienen en la actualidad”, dice el artículo 1 del Decreto 5699.

La mañana de este jueves, los ministros de Hidrocarburos, Marcelo Blanco, y de Desarrollo Productivo, Óscar Mario Justiniano, arribaron al edificio central de la ANH en La Paz e ingresaron directamente al recinto. Luego llegó el viceministro de Transparencia, Yamil García.

El ministro de Hidrocarburos Marcelo Blanco llega a la ANH. Foto: APG 

La intervención de la ANH tendrá diez finalidades. La primera es realizar el relevamiento de información que permita implementar medidas correctivas y/o identificar la existencia de posibles responsabilidades en los niveles administrativos, técnicos y operativos, tanto a nivel nacional como regional.

La segunda es identificar los posibles daños ocasionados al sector hidrocarburífero en gestiones pasadas. La tercera es instruir las auditorías técnicas, legales y otras que correspondan, en función de la información obtenida.

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El cuarto fin, según el decreto, es recuperar y fortalecer la capacidad efectiva de regulación, control, supervisión y fiscalización del Estado en la cadena de hidrocarburos. El quinto punto es realizar una evaluación integral de la gestión regulatoria, administrativa y operativa de la ANH.

¿Deficiencias, riesgos en ANH?  

El sexto punto es identificar las causas de las deficiencias, riesgos, omisiones y vulnerabilidades que aún existen en la ANH. El séptimo fin que busca el decreto es verificar las condiciones y efectos de las autorizaciones y licencias otorgadas a los operadores de la cadena hidrocarburífera.

La octava finalidad es disponer, de manera inmediata, las medidas correctivas, preventivas y de fortalecimiento institucional necesarias para garantizar la regulación, control, supervisión y fiscalización de la cadena de hidrocarburos.

La novena finalidad es precautelar los intereses económicos y patrimoniales del Estado y la décima es evitar la continuidad o reproducción de prácticas que comprometan el interés público.

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