sábado 21 de marzo de 2026

Disposición

TSE rechaza dar audiencia al ala “evista” del MAS y declara improcedente su recurso de revisión

“No corresponde dar lugar a la misma”, se lee en la resolución que emitió la Sala Plena.
Evo Morales y su cúpula, el 22 de abril. Foto: Facebook del MAS
Evo Morales y su cúpula, el 22 de abril. Foto: Facebook del MAS
miércoles 01 de mayo de 2024

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó conceder una audiencia al ala “evista” del Movimiento Al Socialismo (MAS) y declaró improcedente el recurso de revisión que interpuso ese bloque en torno a la decisión del organismo de rechazar la solicitud de supervisión de su congreso.  

“Con relación a la audiencia solicitada, no corresponde dar lugar a la misma, toda vez que no forma parte del procedimiento previsto en la Ley N° 026 del Régimen Electoral la realización de audiencia para el tratamiento y resolución de este tipo de recursos”, se lee en la resolución TSE-RSP-JUR 035/2024, emitida por el organismo electoral.  

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Evo Morales, que preside la Directiva Nacional del MAS, lanzó una nueva convocatoria a congreso el pasado 22 de abril y entonces anunció el pedido de una audiencia al TSE para demostrar que su cúpula cumplió con la legalidad para convocar a congreso. 

Ese mismo día, ese bloque del partido azul interpuso un recursos extraordinario de revisión en contra de la resolución TSE-RSP-ADM 141/2024 (del 17 de abril de 2024), que determina rechazar la solicitud de supervisión al  congreso del MAS “evista” por incumplir el Reglamento para la Supervisión de Organizaciones Políticas, la Resolución Constitucional 273/2023 y el Auto del 20 de marzo de 2024. 

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La Sala Plena, en la resolución que fue conocida este miércoles, declaró “improcedente” el recurso extraordinario de revisión que interpusieron Diego Jimenez y Nelvin Siñani, delegados del MAS ante el organismo, en contra de la resolución TSE-RSP-ADM 141/2024. “No cumple con los presupuestos legales”, se lee en el documento.

El TSE subrayó este miércoles que la nueva convocatoria a congreso, lanzada por Morales el 22 de abril, es un nuevo acto jurídico que da inicio a una nueva solicitud de supervisión.  

"La presentación de la nueva convocatoria a Congreso Nacional Ordinario se constituye en un nuevo acto jurídico efectuado por la Dirección Nacional del MAS-IPSP, aceptando lo dispuesto en la Resolución TSE-RSP-ADM Nº 0141/2024, de 17 de abril de 2024, y dando inicio así a una nueva solicitud de supervisión", se lee en un boletín oficial del organismo.

 

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