lunes 23 de febrero de 2026

Proceso judicial

Conozca los siete pasos para realizar una demanda por asistencia familiar

De acuerdo con la Ley 603, cuando el ingreso del demandado es igual o menor al salario mínimo nacional, el monto calificado no podrá ser menor al 20%.
Foto: Visión 360
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martes 13 de agosto de 2024

Buscar un abogado, reunir documentación, presentar la demanda, esperar el sorteo del juzgado, subsanar observaciones si es el caso, notificar al demandado y asistir a la audiencia en la que se dictará la sentencia son los siete pasos que identifica el abogado José Luis Cusi, en un proceso judicial por asistencia familiar.

El jurista explica que es la irresponsabilidad del padre, por lo general, lo que lleva a plantear un proceso de este tipo, en el que el juez fija un monto mensual que debe pagar el demandado. Según la Ley 603, cuando el ingreso del demandado es igual o menor al salario mínimo nacional el monto calificado no podrá ser menor al 20%.

Es decir, que no debería ser menor a 472 bolivianos, si se toma en cuenta que el salario mínimo actual es 2.362 bolivianos.

Sin embargo, la norma también establece que el monto se establece en proporción a las necesidades de la persona beneficiaria y los recursos económicos y posibilidades de quien o quienes deban prestarla.

Si quien debe pagar la asistencia incumple, el abogado puede gestionar un mandamiento de apremio; si no se lo encuentra, se puede presentar un recurso de incidente que señala que el padre o los hermanos se harán cargo, de manera que se lo obliga a presentarse. Si no paga, el apremio corporal se extiende hasta seis meses y solo se suspende si cancela el monto o acuerda pagar en cuotas que no excedan los tres meses.

Cusi manifiesta que el pago de la asistencia entra en vigencia desde que se emite la sentencia, no antes, aun cuando por muchos años no se hubiera cubierto el gasto de los hijos.

La asistencia familiar de acuerdo con la Ley 603 (Código de las familias y del proceso familiar) es un derecho y obligación de las familias y comprende los recursos que garantizan lo indispensable para la salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta. Es exigible judicialmente cuando no se la presta de manera voluntaria.

  • La persona que desea demandar, puede ser el padre o la madre, aunque generalmente es la madre la que pide la asistencia. Debe buscar los servicios de un abogado que la represente, cuya principal tarea será plantear el proceso por asistencia familiar. Si no tiene los recursos económicos necesarios, puede dirigirse a la Facultad de Derecho o solicitar un abogado de oficio, que la orientará y asistirá legalmente de manera gratuita. 

  • Debe presentar el certificado de matrimonio, en caso de que la persona sea casada, su cédula de identidad, los certificados de nacimiento de los hijos menores de 18 años de edad. En caso de que el beneficiario tenga 25 años debe probar que cursa estudios y entonces presentar, por ejemplo, certificados de notas; también debe adjuntar facturas o recibos de ropa, educación, salud y actividades de esparcimiento. Se debe presentar testigos que den fe de la relación de pareja que existió y de la procreación de los hijos.

  • Con todos estos documentos, el abogado se dirigirá a Plataforma del Tribunal Departamental de Justicia de la región donde se planteará la demanda. Debe entregar cuatro ejemplares firmados con carátula, en la que se especifiquen las partes del proceso.

  • El funcionario mediante el sistema sorteará el juzgado que conocerá el caso, que es un juzgado público en lo familiar, diferenciado por números.

  • El juez revisará la documentación y si existe alguna observación pedirá que se la subsane.

  • Superadas las observaciones, el juez admitirá la causa y establecerá la notificación a la parte demandada, para lo cual la persona interesada debe coordinar con el actuario. Si no es encontrada en su domicilio, se pega una cédula en la puerta para que conste que fue buscada.

  • El juez fija fecha de audiencia y la celebra, en la que dictará sentencia y establecerá el monto de la asistencia que se pagará por cada hijo.