martes 24 de febrero de 2026

Resolución histórica

Las disposiciones para proteger al jaguar incluyen pausa en chaqueos y actividades extractivas, como la minería

Se ordena una pausa ecológica para actividades extractivas y antrópicas dentro de áreas protegidas nacionales, departamentales, municipales e indígenas, con incidencia en el corredor biológico del jaguar.
Defensores del jaguar y su habitat en la audiencia del Tribunal Agroambiental. Foto: Tribunal De Justicia Indígena Bolivia.
Defensores del jaguar y su habitat en la audiencia del Tribunal Agroambiental. Foto: Tribunal De Justicia Indígena Bolivia.

En una inédita resolución de 12 puntos en defensa del jaguar y su habitat, el Tribunal Agroambiental, dispuso la pausa ecológica por quemas y chaqueos y la suspensión de autorizaciones de incendios, actividades antrópicas (minería, explotación de hidrocarburos y otras).

El miércoles el Tribunal Agroambiental realizó la primera audiencia pública sobre medidas cautelares preventivas en defensa de esta especie y su entorno. Durante esa sesión, se emitió una resolución que incluye 12 disposiciones y mecanismos orientados a salvaguardar a la panthera onca y su hábitat. Entre ellas, se exige al Estado la implementación de políticas y acciones concretas de protección, como la declaración de una pausa ecológica para frenar quemas y chaqueos en todo el territorio boliviano, estableciendo así un precedente en la jurisdicción agroambiental del país.

Una de las principales resoluciones (número 9) tiene que ver con la disposición de la pausa ecológica por quemas y chaqueos en todo el territorio nacional. Además, se ratifica la suspensión inmediata de todas las autorizaciones de quemas emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT).

También se ordena una pausa ecológica para actividades antrópicas extractivas dentro de áreas protegidas nacionales, departamentales, municipales e indígenas, con incidencia en el corredor biológico del jaguar y sus unidades de conservación. (disposición 10)

¿Qué son las actividades antrópicas extractivas?

Las actividades antrópicas son aquellas inherentes a los seres humanos que pueden afectar los ciclos y el equilibrio de la naturaleza. Entre las más comunes se encuentran la minería, la explotación de hidrocarburos, la silvicultura que tiene que ver con la explotación de bosques para obtener madera y otros productos forestales.

También se incluye a la agricultura intensiva que abarca el uso de técnicas agrícolas que pueden degradar el suelo y contaminar el agua.

¿Cuánto se quema en Bolivia?

En 2024, los incendios forestales destruyeron 12.658.157 hectáreas. Bolivia quema anualmente, desde 2019, un promedio de cuatro millones de hectáreas (ha) de bosques, principalmente en los departamentos de Santa Cruz, Beni y La Paz. Las zonas donde se quema de forma recurrente se encuentran en la región cruceña, y los daños provocados generan afectaciones a Territorios Comunitarios de Origen (TCO) e incluso a reservas forestales como el Parque Noel Kempff Mercado, de acuerdo con un informe de la Fundación Tierra.

Los datos del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), revelan que la superficie quemada en 2019 había alcanzado a 5,2 millones de hectáreas, en 2020 a 4,9 millones de hectáreas, en 2021 a 4,1 millones de hectáreas, en 2022 a 4,4 millones de hectáreas y en 2023 fueron 6,3 millones de hectáreas.

Defensores intervienen en la audiencia. Foto: Tribunal de Justicia Indígena Bolivia

 

Las otras disposiciones del Tribunal Agroambiental:

  1. Ordena a la Defensoría del Pueblo, Procuraduría General del Estado, Ministerio Público, Policía, Ministerio de Justicia entre otras, que en un plazo de 10 días adopten medidas de protección para prevenir ataques, amenazas o intimidaciones contra defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.
  2. La Defensoría del Pueblo debe elaborar en 30 días un Plan Nacional de reconocimiento, protección y promoción de los derechos de defensores ambientales y sus familias, con enfoque de género, generacional, intercultural, interseccional y territorial.
  3. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en coordinación con gobiernos autónomos y entidades como el SERNAP, ABT y GAIOCS, debe elaborar e implementar, en 6 meses, planes de manejo para mitigar conflictos humano-vida silvestre, con enfoque intercultural y de género y participación de pueblos indígenas originarios.
  4. Se exhorta a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia que todo proceso de extradición vinculado a delitos contra la biodiversidad y con nexos a la delincuencia organizada transnacional, se inicien y tramiten con máxima celeridad y prioridad.
  5. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, debe gestionar con base a informes técnico-científico, en plazo de 6 meses la actualización de la categoría de conservación del jaguar en el Libro Rojo de Fauna Silvestre de Vertebrados de Bolivia.
  6. Se exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobar una ley que disponga la creación de un Fondo Nacional de Conservación del Jaguar (Panthera onca).
  7. Se ordena al Ministerio de Medio Ambiente y Agua, de forma inmediata y coordinada implementar una política de tolerancia cero al tráfico ilegal de vida silvestre en todos los aeropuertos del país, con énfasis en rutas y fronteras internacionales de mayor riesgo, adoptar los estándares del Protocolo de Buckingham Palace (Declaración United for Wildlife), utilizando perfiles de riesgo aplicable al tráfico de vida silvestre.
  8. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, debe elaborar, reforzar y aprobar el “Plan Nacional para la Conservación del Jaguar con un horizonte a 10 años (2025-2035) en un plazo de 6 meses, en coordinación con gobiernos autónomos y conforme a los corredores ecológicos identificados por WCS y WWF.
  9. Disponer la pausa ecológica por quemas y chaqueos en todo el territorio nacional. Se ratifica la suspensión inmediata de todas las autorizaciones de quemas emitidas por la ABT.
  10. Se dispone pausa ecológica para actividades antrópicas extractivas dentro de áreas protegidas nacionales, departamentales, municipales e indígenas, con incidencia en el corredor biológico del jaguar y sus unidades de conservación.
  11. El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, junto a POFOMA y el Ministerio Público y representantes designados de la Comunidad Científica, elaboren una “Guía Interinstitucional para el Acceso y Análisis Científico de Evidencia Biológica Decomisada” en 120 días a partir de la notificación.
  12. El Ministerio de Educación deberá actualizar y reforzar los contenidos curriculares y materiales educativos en todos los subsistemas (educación regular, alternativa, formación de maestros) con énfasis en las tres crisis mundiales, nacionales y regionales: Conservación de la biodiversidad; Cambio climático y Contaminación.
Los participantes en la audiencia. Foto: Tribunal Agroambiental

Reacciones

La diputada María René Álvarez, calificó como un día histórico en la jurisdicción ambiental, la decisión del Tribunal Agroambiental de otorgar medidas de prevención para la especie del jaguar y que se disponga la conservación de su hábitat.

"Esto implica la prohibición de quemas y la no emisión de autorizaciones para los chaqueos en territorios sensibles. Hemos dado un paso muy importante junto a las autoridades indígenas, a la sociedad civil organizada, los guardaparques y los colectivos defensores de la naturaleza", precisó.