lunes 25 de mayo de 2026

Elecciones 2025

Dunn anuncia que accionará un "recurso de revisión extraordinaria"

Consultado sobre si presentará ese recurso de impugnación, el economista dijo que “no”, y que está “yendo a un proceso netamente administrativo, un recurso de revisión extraordinaria".
Jaime Dunn, este lunes en el TSE, en La Paz. Foto: APG
Jaime Dunn, este lunes en el TSE, en La Paz. Foto: APG

El precandidato presidencial por la alianza Nueva Generación Patriótica (NGP), Jaime Dunn, se presentó este lunes ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a recabar la documentación que no fue considerada para salvar el tema de su solvencia fiscal y expresó que presentará un recurso de "revisión extraordinaria” de su caso.

“Estoy aquí para recoger en persona los documentos que se entregaron a la corte y no los valoraron, vamos a pedir que los devuelvan para que puedan ser utilizados de una mejor manera”, expresó Dunn a los medios en las puertas del TSE.

El pasado 2 de julio, el TSE determinó inhabilitar la inscripción de Dunn debido a que un informe de la Contraloría no comprobó su solvencia fiscal. El analista financiero tenía un plazo de cinco días para impugnar la determinación.

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Consultado sobre si presentará ese recurso de impugnación, el economista expresó que “no”, y que está “yendo a un proceso netamente administrativo, un recurso de revisión extraordinaria, porque nuestro objetivo es que se haga rápidamente”.

“No queremos, de ninguna manera, que se interprete o se haga algo que pueda perjudicar el proceso eleccionario, que es muy importante”, expresó a los periodistas.

Consultado sobre si su imagen aparecerá en la papeleta electoral, el liberal manifestó: “no puedo decir qué va a suceder, pero sí que vamos a hacer que mis derechos sean respetados”.

Según el artículo 217 de la Ley Electoral (026), un recurso extraordinario de revisión “procederá a pedido de parte interesada, en los casos de decisiones de los tribunales departamentales y del TSE cuando, con posterioridad a la resolución, sobrevengan hechos nuevos o se descubran hechos preexistentes que demuestren con prueba de reciente obtención que la resolución fue dictada erróneamente”.

Ese recurso sólo procede en casos de demandas de inhabilitación de candidaturas; controversias de organizaciones políticas y de los registros civil y electoral; controversias entre organizaciones políticas y Órganos del Estado, entre distintas organizaciones políticas, entre afiliados, directivas y/o candidatos de distintas organizaciones políticas; y entre afiliados, directivas y candidatas y/o candidatos de una misma organización política.

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La semana pasada, Dunn presentó ante el TSE documentación que obtuvo de la Contraloría, en sentido de que no tenía deudas pendientes con el Estado, pero ese órgano consideró que su solvencia fiscal “no era posible de verificar”.

El secretario de cámara del TSE, Fernando Arteaga, hizo el anuncio: “Se ha examinado la documentación presentada por la Contraloría, que establece que, a la fecha de remisión del informe, se desconoce si existe un pronunciamiento judicial de conclusión del proceso y/o orden de baja del registro”.

Con respecto a la solvencia del candidato, Arteaga indicó que “si había algún pronunciamiento judicial, el señor Dunn debería hacerlo conocer a la Contraloría”. El TSE tiene un tiempo de 15 días para resolver este recurso de revisión.