martes 24 de febrero de 2026

Elecciones

Hoy vence el plazo para tramitar el certificado de exención para personas que no votaron en agosto

En caso de no contar con una justificación válida, los ciudadanos deberán pagar una multa de 550 bolivianos.
Un certifica do de impedimento para votar en una imagen de archivo. Foto: APG
Un certifica do de impedimento para votar en una imagen de archivo. Foto: APG
martes 16 de septiembre de 2025

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que las personas que no pudieron votar en las elecciones del 17 de agosto tienen plazo hasta este martes para gestionar su certificado de exención.

Para este trámite se requiere una nota dirigida al Tribunal Electoral Departamental (TED) de su región en la que se explica el motivo de la inasistencia a la jornada de sufragio, una fotocopia de la cédula de identidad y documentación de respaldo que justifique la imposibilidad de acudir a votar como pasajes de viaje o certificados médicos, según publica ABI.

En caso de no contar con una justificación válida, los ciudadanos deberán pagar una multa equivalente al 20 % del salario mínimo nacional (550 bolivianos).

La recepción de documentos se realiza en oficinas de los TED en el horario de 8.30 a 16.30.

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De acuerdo con lo establecido en la Ley del Régimen Electoral (Ley 026), los certificados de exención pueden gestionarse hasta 30 días después de la jornada electoral.

El TSE recordó que, durante los 90 días posteriores a la elección, el certificado de sufragio o de impedimento de sufragio son documentos indispensables para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios u obtener pasaporte.