miércoles 25 de marzo de 2026

Abolir la Renta Vitalicia: una exigencia de justicia y sentido común

En román paladino: es quitarle al pueblo para pagarle a quien ya tuvo el privilegio de servir… incluso cuando llegó allí por simple accidente del destino.

La primera vez que impulsé un Proyecto de Ley para abrogar la injustificada “renta vitalicia” de exmandatarios fue en 2020, ejerciendo el derecho constitucional de petición (Art. 24 CPE) y la iniciativa legislativa ciudadana como expresión de la democracia directa y participativa. En todas las oportunidades, la Vicepresidencia del Estado —en su condición de Presidencia nata de la Asamblea Legislativa— reconoció la validez de nuestra iniciativa y remitió el Proyecto a la Cámara de Diputados. No obstante, allí se repetía el mismo obstáculo: pese a derivarlo a la Comisión correspondiente, se negaban a asignarle número de ingreso. El personal de Secretaría General, por desconocimiento, asumía que las iniciativas ciudadanas requerían primero una Ley específica que las “reglamente”, invocación infundada que desconocía que la sola remisión activa el procedimiento legislativo previsto en la CPE y en el Reglamento General de Diputados.

Volví a presentar el Proyecto en 2022 y 2023. Durante ese periodo, incluso algunos asambleístas —de oposición y oficialismo— intentaron adjudicarse la iniciativa, sin lograr que avanzara en su tratamiento.

Hoy que nuestra iniciativa vuelve a ser agendada, corresponde precisar lo siguiente: no es razonable que un Estado saqueado continúe financiando rentas vitalicias para exautoridades que, en la mayoría de los casos, ejercieron funciones de manera circunstancial y que hoy, además, se encuentran en edad de recibir la “Renta Dignidad” como cualquier ciudadano. Mucho menos cuando esos desempeños están muy lejos de hazañas como llevar misiones tripuladas a la Luna o desarrollar vacunas que transforman a la humanidad. Las funciones públicas, por relevantes que sean, no justifican privilegios perpetuos financiados por todos.

Con Arce, Choquehuanca y Áñez, serán ya 11 las exautoridades que, en conjunto, percibirán Bs 3.630.000 al año por este concepto (equivalentes a Bs 27.500 mensuales): un privilegio oneroso, inmerecido y sin justificación pública. Esos millones, que hoy se diluyen en rentas por no hacer nada, HACEN FALTA URGENTE A LA SALUD MENTAL, un sector crónicamente relegado. Desde hace años venimos demostrando que eliminar este beneficio tendría un efecto inmediato y directo en la atención de cientos de pacientes que hoy esperan servicios dignos y sostenibles.

Quienes hemos estudiado con seriedad las enseñanzas de Rudolf von Jhering en Der Zweck im Recht (1877) —y que además contamos con formación en Derecho Laboral y Seguridad Social— conocemos la distinción jurídica entre derechos adquiridos y privilegios condicionados al ejercicio de un cargo público. Para Jhering, el derecho adquirido es una situación consolidada que el ordenamiento reconoce como irrevocable en virtud de contraprestaciones reales, proporcionales y verificables, como salarios, jubilaciones ordinarias o indemnizaciones producto de aportes efectivos.

La renta vitalicia —Bs 27.500 al mes por haber ejercido un cargo público, incluso por sucesión accidental— no encajan en esa categoría: no surgen de aportes previsionales, no responden a una contraprestación laboral ordinaria y generan una desigualdad estructural indignante frente al resto de los ciudadanos que, tras trabajar toda su vida, apenas acceden a rentas mínimas. Se trata, por tanto, de privilegios excepcionales, jamás de derechos adquiridos.

Finalmente, resulta insostenible alegar que preservar estas rentas sea una “medida de estabilidad institucional”. La estabilidad genuina no se edifica sobre privilegios de casta, sino sobre la legitimidad democrática del gasto público: cada boliviano tiene derecho a que cada peso del erario responda a una contraprestación real, no a un beneficio político fosilizado. Mantener rentas vitalicias sin un solo día de aporte efectivo no es estabilidad: es inmovilismo, desigualdad fiscal y una afrenta al principio republicano de la carga pública compartida.

En román paladino: es quitarle al pueblo para pagarle a quien ya tuvo el privilegio de servir… incluso cuando llegó allí por simple accidente del destino.

* La opinión expresada en este artículo es de exclusiva responsabilidad del autor y no representa una posición oficial de Visión 360

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