martes 7 de abril de 2026

Ejecutivo

Las claves del decreto 5600, norma que pone bajo la lupa las contrataciones directas

La norma fue emitida por el presidente Rodrigo Paz el lunes por la mañana, busca “transparentar todos los procesos de contratación directa” que realizan las diferentes entidades del sector público.
El presidente Rodrigo Paz y los ministros de Economía y de la Presidencia. Foto: APG
El presidente Rodrigo Paz y los ministros de Economía y de la Presidencia. Foto: APG

El lunes, el presidente Rodrigo Paz aprobó el Decreto Supremo (DS) 5600, una norma que elimina las disposiciones legales que permiten contrataciones directas de bienes, obras y servicios en el Estado. Además, con la norma se busca identificar posibles hechos de corrupción en las contrataciones realizadas bajo ese marco.

El objetivo del decreto es “transparentar todos los procesos de contratación directa de bienes, obras y servicios que realizan las diferentes entidades del sector público”. Para ello, el decreto dispone la abrogación y derogación de las autorizaciones de contrataciones directas establecidas en decretos supremos, como el 0181, emitido el 28 de junio de 2009.

Dicha norma regula las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, donde se establecen procedimientos como las licitaciones públicas y las distintas modalidades de competencia para los proveedores.

“Las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios tienen como objetivos: a) Establecer los principios, normas y condiciones que regulan los procesos de administración de bienes y servicios y las obligaciones y derechos que derivan de estos, en el marco de la Constitución Política del Estado y la Ley N° 1178; b) Establecer los elementos esenciales de organización, funcionamiento y de control interno, relativos a la administración de bienes y servicios”, señala el DS 0181.

Con la publicación del Decreto Supremo 5600, ¿qué cambios se prevén?

Abrogación y derogación 

El decreto busca en el fondo "transparentar todos los procesos de contratación directa" de bienes, obras y servicios que realizan las diferentes entidades del sector público. En ese marco, dispone abrogar y derogar las autorizaciones de contrataciones directas establecidas en decretos supremos, "como excepción" al Decreto Supremo 0181.

“Se abrogan los Decretos Supremos y se derogan las disposiciones normativas contenidas en Decretos Supremos que autorizan contrataciones directas de bienes, obras y servicios bajo normativa específica distinta al Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios”, señala el artículo 2 del DS 5600.

Dentro de ese artículo, también se deroga el 83 Bis del DS 0181, disposición clave del sistema que fue incorporado en años anteriores del gobierno del MAS, y que ampliaba las posibilidades de realizar contrataciones directas. Con su eliminación, se reducen las excepciones que permitían adjudicar contratos sin procesos de licitación.

“Las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas (EPNE), de acuerdo con su naturaleza jurídica y en base a su función de producción y generación de excedentes, podrán realizar de manera directa sus procesos de contratación de bienes y servicios, destinados a cumplir con las actividades relacionadas directamente con su giro empresarial o de negocios”, señala dicha parte del DS.

Revisión para identificar corrupción

La norma también prevé una revisión de las contrataciones realizadas bajo los decretos ahora eliminados, con el fin de detectar posibles hechos de corrupción. Instruye que cada ministerio debe llevar a cabo un relevamiento de todos esos procesos.

“A efectos de identificar posibles hechos de corrupción, los Ministerios de Estado deben realizar el relevamiento de los procesos de contratación directa efectuados en el marco de los Decretos Supremos que autorizaron la contratación directa de bienes, obras y servicios bajo normativa específica distinta al Decreto Supremo Nº0181”, señala el artículo I de la Disposición Transitoria Segunda.

Además, establece que todos los ministerios realizarán “el relevamiento de los procesos de contratación directa efectuados en el marco del Artículo 83 Bis del Decreto Supremo N°0181 (…)”. El objetivo de esa revisión también es identificar posibles hechos de corrupción o irregularidades en el uso de recursos públicos.

El DS 5600 incluye una disposición sobre los procesos de contratación directa que están en marcha: “Las entidades públicas que hayan iniciado procesos de contratación directa de bienes, obras y servicios con anterioridad a la vigencia del presente Decreto Supremo deben concluir los mismos aplicando la norma vigente al momento de su inicio”.

Reglamento, 30 días

Se establece, además, que los ministerios de la Presidencia y de Economía deberán reglamentar el proceso de revisión de las contrataciones directas mediante una resolución bi-ministerial en un plazo de 30 días hábiles.

“Lo señalado en los Parágrafos I y II de la presente Disposición será reglamentado por los Ministerios de la Presidencia y de Economía y Finanzas Públicas, en un plazo de 30 días hábiles mediante Resolución Bi-Ministerial”, indica la norma publicada el lunes.