Fractura
¿Qué dice el estatuto del MAS sobre cómo y quién debe convocar los congresos del partido?
Las corrientes “arcista” y “evista” del Movimiento Al Socialismo (MAS) se encuentran enfrascadas en un enfrentamiento sobre la legalidad y legitimidad del congreso de ese partido que debe renovar a su dirigencia nacional.
Pero ¿qué dice el estatuto orgánico de ese partido sobre la convocatoria a un congreso nacional ordinario? El artículo 13 de ese reglamento establece que ese evento debe realizarse cada dos años y “será convocado públicamente, con un plazo máximo de 90 días y mínimo de 60 días antes de su realización, por la dirección nacional del MAS-IPSP de acuerdo a temario, previo consenso con las organizaciones matrices nacionales”.
Es ese punto, el del consenso con las "organizaciones matrices", el que genera el conflicto, ya que ambos bandos reclaman tener el respaldo de esas organizaciones que componen al partido.
El “pacto de unidad”, que conforman los seguidores del presidente Arce, asegura que la convocatoria al congreso de El Alto para principios de mayo fue acordado y consensuado con las tres organizaciones “matrices” del MAS: los ejecutivos de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb), de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSCIB) y de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia, Bartolina Sisa (CNMCIOB-B.S.).
El artículo 15 de estatuto de ese partido reconoce a esas tres organizaciones como las “matrices nacionales”.
La Central Obrera Boliviana (COB), aunque no figura como “matriz” del MAS, es un poderoso aliado que apoya el pacto de unidad afín a Arce.
Los “arcistas” sostienen que toda la militancia del MAS (confederaciones nacionales, mineros, fabriles, gremiales, y otros) serán parte del congreso e invitaron a Evo Morales a participar del mismo.
Por el otro lado, los “evistas” sostienen que quien tiene la representación de la dirección nacional del MAS, es Morales, y que existe una directiva encargada de manejar al instrumento, por lo que la convocatoria de otras personas u organizaciones no tiene legitimidad.
Defienden que, al no haber reconocido el Órgano Electoral al congreso de Lauca Ñ, sigue vigente la dirección nacional elegida en 2017, la cual está presidida por Morales. Esa posición está respaldada por el artículo 12 del reglamento del MAS, que establece que la convocatoria a un congreso ordinario “es realizada por la dirección nacional, la máxima autoridad del MAS-IPSP”.
En medio de esta pugna y fractura dentro del partido oficialista, el Tribunal Supremo Electoral debe definir cuál de los dos congresos se ajusta a la normativa del MAS, si el convocado por el “arcismo” para los primeros días de mayo en El Alto, o el que llamó Evo Morales para el 10 de junio en el Chapare.
Del congreso nacional del MAS deben salir la nueva directiva: “(...) Su elección requerirá la mayoría simple de las delegadas y los delegados titulares de dicho evento o por consenso de acuerdo a la modalidad que decida el pleno del congreso”, estipula el parágrafo 14 del estatuto del MAS.