Propuesta
Bolivia puede atraer capitales por 5 mil millones de dólares, para inversiones mineras
Con la objetivo de atraer y generar una inversión de cinco mil millones de dólares entre 2025 y 2030, la Fundación Milenio presentó una propuesta y anteproyecto para una nueva ley minera, que incluye incentivos tributarios, un régimen de concesiones mineras y garantiza seguridad jurídica y defensa ante avasallamientos, entre otras propuestas.
Con el anteproyecto se busca reactivar la inversión privada en esta actividad y que durante los últimos años ha disminuido y aprovechar el potencial de recursos que tiene el país y aumentar las reservas mineralógicas del país. De esta manera se estima que la participación de la minería en el PIB nacional puede pasar de 5.26% al 10%.
“Con normas eficientes, que aseguren certidumbre, mayor inversión privada extranjera y nacional, modernización institucional y una drástica reducción del impacto ambiental de las operaciones, es posible pasar de 2.751 millones que representa actualmente la participación de la minería en el PIB a 5.322 millones de dólares”, afirmó el director de la Fundación Milenio, Henry Oporto.
La estrategia gira en torno a dos ejes: la promoción de la inversión minera, con apertura a la inversión extranjera, en un marco jurídico que proporcione al sector privado libertad económica, ventajas competitivas, seguridad y estabilidad en sus proyectos y operaciones y por otra parte la necesidad de frenar la informalización creciente de la actividad minera, mediante la formalización plena de las cooperativas mineras y su conversión en unidades productivas eficientes y responsables.
Entre las medidas contempladas en el Anteproyecto de una Nueva Ley de Minería, elaborado por Milenio, está reforzar el derecho minero mediante la figura del Contrato de Concesión Minera, en reemplazo del actual contrato administrativo, de manera de afianzar la seguridad jurídica de las inversiones y actividades mineras.
Se instituye las concesiones para prospectar, explorar y explotar todos los minerales que se encuentren dentro del perímetro de un área minera y de realizar las otras actividades. Además se establece la posibilidad de que las sociedades constituidas en el país, así como las entidades y corporaciones del Estado, y las personas individuales o colectivas, nacionales o extranjeras, domiciliadas y representadas en el país, puedan celebrar contratos de riesgo compartido.
También se propone, la creación de la Superintendencia de Minas (en lugar de la AJAM), como entidad independiente encargada de administrar los procesos de otorgamiento de derechos mineros y el cumplimiento de obligaciones inherentes a dichos derechos, junto con el establecimiento de la judicatura minera a cargo de un Juez de Minas.
Incentivos tributarios
Otra de las propuestas es la creación de un “régimen tributario más competitivo en relación a los vigentes en otros países mineros, eliminando la Alícuota Adicional de 12.5% sobre el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE); alícuota que determina que hoy en día las empresas paguen una tasa de 37,5% de IUE, una de las más altas en la región”, explicó Oporto.
Para las actividades extractivas de recursos minerales y metales, se establece una sobretasa a las utilidades extraordinarias en la minería del 25%, que se aplicará sobre la utilidad neta anual establecida en la Ley 843 para el cálculo y liquidación del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), previa deducción bajo diferentes figuras como por ejemplo por las inversiones acumuladas en exploración, desarrollo, explotación, concentración y en protección ambiental.
Los pequeños productores mineros y las cooperativas mineras podrán acogerse a un régimen especial del impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (RE-IUE) consistente en un único pago anual del 4,8% sobre el valor bruto de sus ventas. Este Régimen Especial no exime a sus sujetos pasivos del pago de la Regalía Minera (RM) ni tampoco del pago de la sobretasa a las utilidades extraordinarias en la minería, puntualizó el investigador.
También se propone destinar el 5% del pago de la regalía minera para beneficio directo de las comunidades rurales colindantes con el área de impacto del emprendimiento minero.
Entre las medidas concretas están incorporar a la Ley General de Cooperativas, las disposiciones del decreto 2892 de 2016, para la protección de los derechos laborales y sociales de los trabajadores de las cooperativas mineras, que están en situación de informalidad y explotación.
A fin de que estos trabajadores (que no son socios) reciban una pensión de jubilación, se prevé reforzar el aporte laboral al sistema de pensiones, dentro del régimen tributario especial, que establece el anteproyecto propuesto por Milenio.
Oporto considera conveniente que las cooperativas mineras tengan la opción de convertirse voluntariamente en sociedades comerciales (SRL), para tener las ventajas de esta otra forma de organización empresarial en términos de mejores prácticas de gestión técnica y administrativa, gerenciamiento, capitalización de activos, acceso al crédito, etc.
También se prevé implementar un programa de servicio civil meritocrático, que institucionalice y cualifique la función pública en el sector minero, contando con la asistencia de la cooperación internacional. “Nuestra minería debe dotarse de un sistema institucional sólido, eficiente y transparente, basado en los méritos, el profesionalismo, la estabilidad funcionaria, la probidad y vocación de servicio, la autonomía de gestión, el apego y cumplimiento estricto de la ley”, concluyó Oporto.
Habrá juzgados mineros especializados, donde el juez de minas amparará, con el auxilio de la fuerza pública si fuera necesario, al titular de derechos mineros cuya área minera, parajes, lugares de actividad o trabajo o cualesquiera de sus instalaciones fueran objeto de invasión o perturbación de hecho, bloqueo, obstrucción de caminos o accesos a los parajes, según la propuesta.
Potencial
El exministro de Desarrollo Económico, Jaime Villalobos, señaló que el territorio boliviano es conocido como una región de gran densidad de ocurrencias mineralógicas y con un enorme potencial de recursos.
En su lado occidental convergen varias de las más importantes provincias metalogenéticas de los Andes, con yacimientos polimetálicos, principalmente de estaño, tungsteno, zinc, plomo, antimonio, cobre, bismuto, cadmio, indio, galio, germanio y otros, y de metales preciosos: oro y plata.
En su región oriental, Bolivia participa de extensos afloramientos del Escudo Precámbrico Brasilero, con prospectos similares en su estilo geológico a varios yacimientos en actual explotación en Brasil, Sudáfrica y Canadá, que suponen un interesante potencial para yacimientos de oro, metales básicos, fierro, manganeso, estaño, tierras raras, minerales radioactivos, niobio, tantalio, metales del grupo del platino, níquel, piedras preciosas y semipreciosas, rocas ornamentales, minerales industriales y otros.
Además, mencionó que se conoce de la existencia de oro aluvial, probablemente uno de los mayores de Sudamérica y cuenta con enormes depósitos evaporíticos de sodio, potasio, litio, boro y magnesio.