2024-11-11

Registro de bancarización

¿Qué pierden vendedores y compradores, si no bancarizan sus transacciones?

El comprador perderá el crédito fiscal IVA por compras. El vendedor pierde el crédito fiscal IVA de la factura y los gastos no deducibles en su Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

¿Qué pierde el vendedor y comprador si no bancarizan sus operaciones? El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) determinó que cada mes los contribuyentes deben remitir la información sobre sus operaciones u transacciones bancarizadas. No enviar los datos tiene efectos tributarios para compradores como vendedores, ya que se pierde el derecho a crédito fiscal.

En el marco de la digitalización de sus operaciones para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus deberes, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) habilitó el nuevo “Registro Auxiliar de Bancarización”, que entrará en vigencia el 1 de enero de 2025, para que quienes compren bienes o servicios por un valor igual o superior a 50.000 bolivianos envíen la información sobre estas operaciones a la Administración Tributaria, mediante el SIAT en Línea, ingresando a la página web www.impuestos.gob.bo.

Infografía: Diego Gonzáles

El SIN explicó que “el envío de la información a través del Registro Auxiliar de Bancarización va a permitir respaldar esas operaciones de compra y venta de bienes por medio de pagos regulados por el sistema financiero o el Banco Central de Bolivia (BCB), como un cheque”.

El docente y especialista en tributación, Roberto Viscafé, de la empresa Viscafé consultores tributarios-Crowe, explicó que ahora se debe demostrar que la transacción se ha realizado con cheques, QR o depósito en el sistema bancario, algo que ya estaba vigente desde que se aprobó el código Tributario en 2023 y que se hacía de forma anual, pero que ahora debe efectuarse cada mes.

¿Quiénes deben bancarizar?

La RND Nº 102400000021 alcanza a todas las personas naturales o jurídicas, sea cual fuere la forma de asociación que utilicen, entidades e instituciones públicas, empresas públicas y organismos del Estado que realicen pagos por la adquisición o venta de bienes y/o servicios cuyo valor total sea igual o mayor que 50.000 bolivianos, sean estas al contado, al crédito o a través de pagos parciales, dentro del territorio nacional.

El contribuyente deberá enviar mensualmente la información a través del “Registro Auxiliar de Bancarización” de acuerdo con lo establecido en el Anexo Técnico disponible en la página web www.impuestos.gob.bo.

Efectos para compradores y vendedores

¿Qué pierde el comprador si no realiza la operación vía banco y no envía la información?

Viscafé explicó que el comprador perderá el crédito fiscal IVA de las compras de bienes y servicios objeto de la venta.

¿Qué pierde el vendedor si no realiza la operación mediante banco y no envía la información?

En primer lugar, el vendedor pierde el crédito fiscal IVA de la factura y segundo los  gastos no deducibles  en su Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), añadió el experto.

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