2024-11-19

Para evitar casos de trata

Agencias de empleo deberán contar con autorización del Ministerio de Trabajo para su funcionamiento

El ministro informó que Seprec requerirá el certificado de autorización de funcionamiento para la inscripción de la agencia como empresa unipersonal o sociedad comercial.

Con el objetivo de evitar casos de trata y tráfico de personas y también para ejercer un mayor control, las agencias de empleo deberán contar con un certificado de autorización extendido por el Ministerio de Trabajo para su funcionamiento.

Para este cometido, el Gobierno aprobó el Decreto 5266, que establece la vigencia del certificado de autorización.

“El decreto señala que, primero, tiene que realizarse el trámite en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, que entregará un certificado de autorización de funcionamiento, tras valorar los antecedentes que van a adjuntar las agencias de empleo”, dijo Erland Rodríguez, ministro de Trabajo, en conferencia de prensa.

El pasado 6 de noviembre, el gabinete de ministros aprobó el Decreto Supremo 5266 que modifica el artículo 18 del Decreto Supremo 1486 de 6 de febrero de 2013, que reglamenta la Ley 263, de 31 de julio de 2012 Integral contra la Trata y Tráfico de Personas, según ABI.

Las agencias de empleo deben estar registradas en el Ministerio de Trabajo y contar con un reglamento interno de funcionamiento que incorporará principios de prevención y protección contra la trata y tráfico de personas.

El ministro informó que el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (Seprec) requerirá el certificado de autorización de funcionamiento para la inscripción de la agencia como empresa unipersonal o sociedad comercial.

El titular de Trabajo recordó que en octubre se detectó un caso de trata y tráfico de personas, cuando una mujer era obligada a aceptar una oferta laboral como dama de compañía en Perú.

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