Proyecto de Ley del PGE 2025
Empresas extranjeras que reinviertan ganancias no pagarán el impuesto a beneficiarios al exterior
Las empresas extranjeras que operan en el país y que reinviertan sus utilidades no pagarán el impuesto sobre las utilidades de las empresas-beneficiarios del exterior (IUE-BE), según estipula el proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado (PGE) 2025, en su artículo 10.
El documento, por otra parte, estipula incentivos a la política de industrialización que persigue el Gobierno, con el que diferentes sectores podrán beneficiarse, por ejemplo con IVA cero o la exención de este impuesto para importar maquinaria, bienes de capital, plantas industriales y otros.
¿Qué incentivo habrá a la reinversión de utilidades?
El artículo 10, sobre incentivo a la reinversión de utilidades, señala en su parágrafo I: “Los socios y accionistas de las empresas domiciliadas en el país y de sucursales de compañías extranjeras que reinviertan total o parcialmente sus utilidades o dividendos obtenidos en el Estado Plurinacional de Bolivia, estarán exentos del pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - Beneficiarios del Exterior (IUE-BE)”.
Este incentivo se aplicará de la siguiente manera:
- Si las empresas reinvierten del 75% en adelante sus utilidades, el porcentaje de exención en el pago del IUE-BE será de 75% aplicable a la utilidad pagada o remesada.
- Si se reinvierte entre un 50% hasta el 74,99%, el porcentaje de exención será de 50% aplicable a la utilidad pagada o remesada.
- Si la reinversión va de un 25% hasta el 49,99%, el porcentaje de exención será de 10% aplicable a la utilidad pagada o remesada.
Las condiciones para el goce de esta exención serán reglamentadas por el Órgano Ejecutivo mediante un Decreto Supremo específico, subraya el proyecto de Ley del PGE 2025.
Incentivos a la industrialización
El artículo 8 del proyecto de Ley del PGE 2025 establece incentivos a la industrialización y señala que con la finalidad de contribuir a a la política de industrialización con sustitución de importaciones se establecen incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital y plantas industriales, destinados a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería para impulsar la reactivación y fomento a la política de sustitución de importaciones.
Estos son los incentivos:
1.- La importación de bienes de capital y plantas industriales, destinadas a los sectores agropecuario, industrial, construcción, minería, estará exenta del pago del IVA.
2.- La venta en el mercado interno de bienes de capital y plantas industriales, destinadas a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería, estará sujeta a la tasa cero del IVA.
3.- Los bienes de capital y plantas industriales, destinadas a los sectores agropecuario, industrial, construcción, minería sujetos la exención y tasa cero del IVA serán establecidos mediante Decreto Supremo.
4.- La antigüedad para la importación de:
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- a) Bienes de capital y plantas industriales, destinadas a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería, se beneficiarán de exención y tasa cero de IVA, por un período menor o igual a 10 años.
- b) Las mercancías con exención y tasa cero del IVA consignadas a las empresas e instituciones públicas podrán beneficiarse de estos incentivos, siempre y cuando las mismas sean nuevas.
Inversión extranjera
La inversión extranjera directa neta (IED) que recibió Bolivia en el primer semestre del año, llegó a 136 millones de dólares, flujos que se recuperaron respecto a la IED de 2023, en similar período, la cual fue negativa en (-) 74 millones de dólares, según datos del Banco Central de Bolivia (BCB).
El sector de industria manufacturera tuvo un flujo neto positivo de 57 millones de dólares; hidrocarburos, de 45 millones; intermediación financiera, 26, y minería, de 17 millones. Sólo el comercio registró una contracción de menos (-) 18 millones de dólares.