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El TCP cierra el año como un suprapoder que impone “excepciones” con sus fallos
En 2024, las sentencias dictadas por los magistrados autoprorrogados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y el Órgano Judicial de Bolivia fueron cuestionadas y, desde diferentes sectores de la sociedad, se acusó a los miembros de esas instituciones por pretender atribuirse un “suprapoder”, para favorecer al gobierno de Luis Arce.
Con ese perfil, de acuerdo con los antecedentes, y el análisis de expertos y legisladores, las máximas autoridades judiciales emitieron, al menos, 10 fallos señalados como ilegales, y en dos ocasiones usaron el pretexto de que era necesario hacer “excepciones” a lo que manda la Constitución Política del Estado (CPE).
La primera de dichas excepciones se dio cuando decidieron autoprorrogarse en el cargo, por primera vez, en diciembre de 2023 (DCP 049/2023). La segunda vez ocurrió en noviembre de 2024 (SC 0770/2024 S4), cuando extendieron su mandato incluso para ser parte de la siguiente gestión del TCP y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), y seguirán ejerciendo el cargo junto a quienes resulten elegidos en las elecciones judiciales programadas para el 15 de diciembre de 2024.
Entre enero y noviembre de este 2024, los magistrados autoprorrogados del TCP emitieron otros fallos catalogados de ilegales, y que beneficiaron de una u otra forma a la postura política del gobierno de Luis Arce.
Las dos normas más cuestionadas emitidas por estos magistrados son, en primer lugar, la inhabilitación del dirigente cocalero y expresidente del Estado, Evo Morales, quien ya no podrá volver a postular a ese cargo. La segunda resolución, calificada de ilegal, es la que reconoce el X Congreso que organizó la facción “arcista” del Movimiento Al Socialismo (MAS), realizado en la ciudad de El Alto en mayo pasado.
En dicho congreso, luego de 25 años, se despojó de la presidencia de ese partido a Morales y se nombró al dirigente Grover García como su reemplazante. El Órgano Electoral se vio obligado a acatar ese fallo emitido por los magistrados del TCP, que beneficia al oficialismo, pese a que no se cumplieron con varios requisitos señalados en el estatuto orgánico de ese partido.
Primera excepción
¿Pero cómo se llegó a ese grado de desinstitucionalización judicial? Los hechos marcan que todo empezó con la falta de acuerdos políticos para realizar las elecciones judiciales en 2023. Esa fue la principal causa para finalmente confirmar que las máximas autoridades del Órgano Judicial y el TCP estaban sometidas a los objetivos políticos.
Esto pasó desde que el gobierno del MAS impuso el sistema de elecciones de autoridades judiciales por voto popular, según el criterio del exministro de Justicia y analista, Carlos Alberto Goitia.
La versión con más sustento, manejada por el “evismo” y otros actores políticos, sobre por qué los magistrados favorecieron de esa forma al gobierno de Arce, es que dichas resoluciones se emitieron a cambio de prorrogarse en el cargo.
En esa línea, la versión se sustenta en el hecho de que la mayoría de los amparos constitucionales planteados contra las elecciones judiciales 2024 fueron presentados por simpatizantes y legisladores del ala “arcista”, así como la actuación de estos últimos en la Asamblea Legislativa, en la que obstaculizaron la promulgación de una ley que ponía fin al mandato de los magistrados.
Las críticas y los señalamientos de ilegalidad hacia todos los fallos emitidos este año por los magistrados del TCP, en especial por los miembros de la Sala Cuarta Especializada, Gonzalo Hurtado y René Yván Espada, se inician y se fundamentan en la cuestionada Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 049/2023, por medio de la que, el 11 de diciembre de 2023, ambos dispusieron “la (auto)prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y el TCP en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades”, menciona parte del texto de ese criticado decreto.
La resolución fue emitida el momento en que los plazos para las elecciones judiciales se agotaron y era imposible realizarlas ese año, para que nuevas autoridades que debieron ser elegidas en las urnas reemplacen, desde el 3 de enero de este año, a los magistrados del TCP, del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), del Tribunal Agroambiental y del Consejo de la Magistratura.
No se los pudo reemplazar debido a que la convocatoria al proceso de preselección de postulantes en la Asamblea Legislativa tenía una serie de observaciones legales, lo que derivó en la presentación de amparos constitucionales. Estos objetaban, por ejemplo, los vacíos legales y supuestos elementos discriminadores en los requisitos de la convocatoria, como la equidad de género y la representatividad del sector indígena.
El principal argumento de los magistrados Hurtado y Espada, para emitir el DCP 049/2023 en el que aseguran que se debía hacer una “excepción” a lo que señala la CPE, era para evitar que uno de los poderes del Estado quede descabezado. Recordemos que la Carta Magna define que el período de mandato de estas autoridades judiciales es de solo seis años y este concluía el 2 de enero.
La ilegalidad
Para la exmagistrada del TCP y senadora disidente de Comunidad Ciudadana (CC), Silvia Salame, no vale la pena analizar ninguna de las sentencias constitucionales emitidas por el TCP este año, pues considera que todas son invalidadas, porque fueron emitidas por “exmagistrados”, cuyo mandato terminó el 2 de enero.
“Con esa sentencia (049/2023) el TCP hizo un quiebre al sistema democrático y la CPE; a partir del 2 de enero no hay nada más que analizar, porque todas (las sentencias que emitieron después) no tienen validez, son simples opiniones, sin valor jurídico. No considero que se hayan constituido en un suprapoder, ellos solo cometieron un delito, al constituirse en una asociación delincuencial que usurpó funciones”, aseveró Salame.
Denuncia
En esa línea, a senadora compartió criterio con las 56 personas particulares y legisladores que presentaron denuncias para someter a juicio de responsabilidades a los “exmagistrados”.
“Esta declaración constitucional (DCP 049/2023) al haberse configurado en una autoprórroga de mandato se constituye en una forma de asociación (delictuosa) entre el solicitante, quien en su condición de presidente del Tribunal Supremo de Justicia (Ricardo Torres) y el ejecutante el TCP, le da los instrumentos necesarios para otorgarse poderes más allá de la CPE, ya que según la norma que rige, su mandato debió ser sustituido por nuevas autoridades electas, por voto ciudadano y no por decisión unilateral que los beneficia a sí mismos en perjuicio de la comunidad”, señala parte de la querella presentada ante la Asamblea Legislativa por el pastor evangélico Luis Aruquipa y el abogado Ramiro Carrillo.
El documento, que tenía el fin de someter a juicio de responsabilidades a 26 magistrados, acusándolos de cometer 15 delitos, fue presentado el 18 de diciembre de 2023, a siete días de que los magistrados Hurtado y Espada emitieran el DCP 049/2023.
Pese a los argumentos, 10 meses después, en octubre de 2024, esta y otras ocho demandas, interpuestas por 56 particulares, legisladores del MAS del ala “evista” y opositores, fueron rechazadas por los miembros del Comité del Ministerio Público de la Cámara Diputados, integrado por las diputadas del MAS “arcista” Lidia Tupa y Miriam Martínez, además del diputado disidente de Creemos, José Carlos Gutiérrez.
Esta decisión implica que la ruptura del orden constitucional, atribuida al DCP 049/2023 quedará en la impunidad. En su momento, Aruquipa y Carrillo explicaron que la resolución 049/2023 del TCP, que aún está presidido por el ex fiscal Paul Franco, es inconstitucional debido a que Espada y Hurtado fallaron o se pronunciaron sobre un punto que no fue consultado por el presidente del TSJ.
Los demandantes advirtieron que se incurrió en un fallo que favorece a los propios magistrados, tomando como pretexto la consulta del TSE, para ampliar el mandato de sus cargos de forma indefinida. “En el petitorio (del TSJ) no consta que se haya solicitado un pronunciamiento respecto a la situación legal de magistrados del Órgano Judicial y mucho menos indeterminar o prolongar sus funciones establecidas en la ley”, señala la querella.
Segunda excepción
La segunda vulneración a la CPE que hicieron los magistrados Espada y Hurtado se dio en la SC 0770/2024-S4, del 4 de noviembre, cuando declararon que era necesario hacer “una excepción” a la CPE y el principio de preclusión electoral, para declarar desiertas las elecciones judiciales 2024, en cinco departamentos.
El vocal Tahuichi Tahuichi Quispe, del TSE, indicó que este es un “nefasto antecedente” y afirmó que los autoprorrogados volvieron a constituirse en un suprapoder, por imponerse por sobre la potestad constitucional del TSE, la Asamblea Legislativa y el Ejecutivo.
“En ninguna parte del mundo un Tribunal Constitucional puede paralizar un proceso electoral cualquiera fuere, porque así funciona la democracia, respeta el principio de preclusión”, dijo el vocal.
En esa línea, el analista Iván Rada afirmó que en Bolivia “pasamos del Estado de Derecho al Estado del capricho, cuando se aplicó la judicialización de la política y la politización de la justicia. Los magistrados autoprorrogados son solo el corolario de esta crisis institucional y se explica en la manipulación del sistema judicial por intereses y cálculos políticos”.
Rada manifestó que los miembros del TCP, al constituirse en un suprapoder, asumieron decisiones y atribuciones más allá de sus competencias. “El principio se preclusión rige desde el Órgano Electoral y su aplicación es obligatoria e inmediata, pero ahora un par de magistrados saca una sentencia fuera de tiempo y la pretende imponer sobre ese principio. Ni hablar del Legislativo, que no puede aprobar ninguna ley sin el temor de que luego sea declarada inconstitucional. Bajo esta lógica, el TCP en cualquier momento no solo interpretará la CPE, sino que la modificará de facto, como pasó con la SC 084/2017 de la re - reelección (de Evo Morales), y le dirá al país que no puede haber elecciones generales o que Arce se puede prorrogar ‘excepcionalmente’”, criticó el analista.
En la misma línea de quienes denunciaron y pidieron el juicio de responsabilidades, Rada remarcó que los autoprorrogados “no actuaron solos, porque alguien activó un proceso, un amparo, una acción popular o de cumplimiento o recursos abstractos, etc. Y eso, hoy, hasta parece estar coordinado. En ese sentido, considero que la democracia no está en riesgo, pues las resoluciones del TCP constituyen puñaladas al mismo cadáver”, concluyó.
El ex ministro Goitia coincidió en que el sistema democrático en Bolivia ya fue dañado y que a partir del “ejemplo más grosero”, como es la SC 084/2017 sobre la reelección indefinida de Morales, solo vivimos las consecuencias.
“Ese fallo desconoció por completo la CPE y los principios más elementales de un sistema democrático; esto nos llevó a ser la burla jurídica del mundo que nos dijo (por medio de un pronunciamiento de la CIDH) que esa sentencia constitucional es un bodrio”.
Votar no sirve
En ese sentido, Goitia reflexiona sobre lo que considera el problema de fondo en el actual sistema de la justicia en Bolivia, las elecciones judiciales. “La elección popular no funciona, no ha funcionado y no funcionará; por esa razón, en el mundo, salvo en un país en crisis como Bolivia, aplican esta farsa popular, esta hipocresía de elección judicial para elegir por voto a quienes integran estos tribunales”, sostuvo el experto.
Un elemento que, en su criterio, confirma la poca transparencia y el fracaso del actual sistema judicial es la revelación hecha por Iván Lima, exministro de Justicia, en marzo de 2023, cuando aseguró que el ex presidente Morales era quien elegía “a dedo” a los magistrados.
“La gran diferencia de estas elecciones (judiciales) con las anteriores es que en esta elección no va a decidir Evo Morales. En esta elección van a decidir los miembros de la Asamblea Legislativa por dos tercios, el MAS no tiene (el poder de) los dos tercios en este momento. Quien dice que esto no es una verdad o una realidad, está haciendo el juego a la prórroga de los actuales magistrados. Pregúntenle al país si quiere que los actuales magistrados se queden o se prorroguen en el mandato”, manifestó el entonces ministro Lima.
Recordemos que luego de que se decretó la autoprórroga, cuatro magistrados decidieron renunciar, entonces Lima salió a acusarlos de “evistas”.
Para Goitia, las declaraciones del exministro de Justicia constituyen una confirmación tácita de que todas las autoridades del Órgano Judicial y del TCP estuvieron alineadas a los intereses políticos del MAS y del cocalero Evo Morales.
“Por lo tanto, no es un problema de diseño constitucional en torno a un órgano que controle la CPE, es un problema de personas que integraron este tribunal a partir del dedazo político (de Morales)”, concluyó el jurista.
El papel del TCP y sus decisiones
- Resoluciones. Entre enero y noviembre de 2024, el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió más de ocho mil sentencias.
- TSJ. En el mismo espacio de tiempo, el Tribunal Supremo de Justicia y sus instancias dictaron 50.403 resoluciones.
- Personal. El TSJ informó que este año se designaron 90 vocales, 93 jueces y 1.136 servidores de apoyo jurisdiccional.
- Disputa. En noviembre, surgió una disputa interna entre Paul Franco y Gonzalo Hurtado, por la presidencia del TCP.