Partidos
UCS y ADN presentan recursos ante el TSE para evitar perder su personería jurídica
Acción Democrática Nacionalista (ADN) y Unidad Cívica Solidaridad (UCS) presentaron recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) con el fin de evitar la cancelación de sus personerías jurídicas, informó el vocal electoral Gustavo Ávila.
Ambas organizaciones participaron como parte de una alianza en las elecciones generales del 17 de agosto, pero no alcanzaron el 3% mínimo de votación exigido por la normativa electoral, por lo que el TSE inició de oficio el trámite de cancelación de sus personerías.
“En ambos casos, toda la alianza perdió la personería jurídica porque no alcanzaron el 3% de la votación. Pasada la primera vuelta, el TSE inició el trámite de cancelación y notificó a ADN, UCS y a las organizaciones de sus respectivas alianzas”, dijo Ávila, citado en ABI.
ADN participó en las elecciones del 17 de agosto bajo la alianza Libertad y Progreso, junto a las agrupaciones Pando Somos Todos y Nacer. Su resultado fue de apenas 77.576 votos, lo que representa el 1,45% del total de votos válidos. Por su parte, UCS integró la alianza Fuerza del Pueblo, junto al Movimiento Originario Popular (MOP), logrando 89.263 votos, equivalentes al 1,67% del respaldo electoral.
Sin embargo, al momento de responder a las notificaciones, ambas fuerzas políticas presentaron recursos de inconstitucionalidad concreta, los cuales serán analizados por la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral. Esta instancia determinará si los recursos son procedentes o no.
Trámite en proceso
“Todavía este trámite de cancelación de personería jurídica está en proceso”, aclaró el vocal, quien recordó que el procedimiento debe seguir los pasos establecidos por la ley antes de emitirse una decisión final.
Ávila subrayó que el TSE actúa en el marco de la normativa vigente y que, aunque los resultados electorales son claros, corresponde respetar el debido proceso.
“Se debe cumplir la ley; ellos no alcanzaron el 3%, pero la ley exige que debe haber un procedimiento. Dentro de ese procedimiento, las organizaciones presentaron recursos que deben ser considerados, y cuando la Sala Plena tome una decisión, la hará conocer”, afirmó.
La Ley 026, en su artículo 23, establece que las organizaciones políticas que no obtengan al menos el 3% de los votos válidos en elecciones nacionales perderán automáticamente su personería jurídica y serán eliminadas del registro del Órgano Electoral Plurinacional. Esta medida busca garantizar la representatividad real de los partidos políticos y evitar la proliferación de agrupaciones sin respaldo ciudadano.