2026-06-01

Conflicto

La vulneración de derechos a raíz de los bloqueos alcanza grado de delito, dicen expertas

"El bloqueo de por sí vulnera derechos, pero a grado de un delito, y es el Estado el garante de esos derechos", expresó Rielma Mencias, exdefensora del Pueblo.

Los bloqueos, que entraron en su segundo mes y en La Paz ya provocaron escasez de alimentos, insumos, medicinas y combustible, han generado preocupación entre especialistas en derechos humanos. Yolanda Herrera, expresidenta de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB), y Rielma Mencias, exdefensora del Pueblo, coincidieron al manifestar que los bloqueos y las acciones de los movilizados no constituyen una vulneración de derechos humanos en sentido estricto, sino que podrían configurar delitos de lesa humanidad.

Según Mencias, el único que puede vulnerar los derechos humanos de la sociedad es el Estado, ya que es el único que concentra el poder y tiene la obligación legal de proteger a sus ciudadanos.

“La vulneración de derechos solamente la logra el Estado como principio de doctrina. Los particulares no violan derechos, los particulares cometen o infracciones o cometen delitos. Entonces, el bloqueo de por sí vulnera derechos, pero a grado de un delito, y es el Estado el garante de esos derechos. En este caso, los particulares que cometen actos que pueden ser considerados dentro del Código Penal o dentro de una infracción administrativa, pues deberían tener una reacción del Estado congruente con esos actos”, declaró Mencias en contacto con Visión 360.

En esa misma perspectiva, Herrera señaló que los movilizados están cometiendo delitos tipificados en el Código Penal boliviano y que, al mismo tiempo, el Estado también estaría incurriendo en responsabilidades por omisión en la protección de los derechos de los ciudadanos.

“Quien vulnera derechos humanos es el Estado, y en este momento el gobierno boliviano la está vulnerando por omisión, porque no está garantizando que este sector en situación de vulnerabilidad tenga acceso a sus derechos que están vulnerados por los movilizados: a la salud, a la alimentación, al trabajo, a la vida, el delito de cohesión, el delito de sustracción indebida de bienes que no son propios, el otro tema de delito es atentar contra la vida, hay cuatro casos concretos de personas que han fallecido por falta de auxilio, por todo, ese es un delito también”, señaló.

Con base en lo dicho por Herrera y Mencias, y de acuerdo con el Código Penal, en su artículo 213 se establece que quien, por cualquier medio, impida o ponga en peligro la seguridad de la circulación del transporte público “será sancionado con reclusión de uno a cuatro años”. En el artículo 132 se aplican sanciones por asociación delictuosa, que se configura cuando varias personas se organizan para cometer delitos. “Se puede aplicar directamente porque hubo saqueos, hubo agresiones y hostigamiento para que otras personas se sumen a los bloqueos”, indicó Herrera.

Otro delito que estarían cometiendo los sectores sociales movilizados es el atentado contra la libertad de trabajo, que se configura cuando se impide u obstaculiza el ejercicio laboral. La norma establece que quien obstaculice “la libertad al trabajo, profesión u oficio, comercio o industria, incurrirá en reclusión de uno a tres años”.

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“Entonces, hay varios de los delitos que tienen que calificarse y que, a partir de ellos, tiene que haber una sanción, y lo que se está configurando a nivel más global, más general, es que está yendo a una tendencia grave de delitos de lesa humanidad, porque se están afectando a sectores en situación de vulnerabilidad y a una amplia mayoría que está siendo limitada en su alimentación, y además se está afectando el tejido social y la salud mental de toda una población que vive en incertidumbre y amedrentada, y sin saber cómo se va a desembocar esta situación”, aseguró Herrera.

En tanto, Mencias añadió que al cometer el delito de impedir la libre circulación de las personas y del transporte se concatena una serie de otras infracciones relacionadas con la alimentación, el trabajo, el acceso a la educación y la atención médica inmediata.

“Porque si yo bloqueo una vía, estoy impidiendo, primero, el libre tránsito, pero al bloquear estoy impidiendo que la gente pueda llevar alimento donde tiene que llevar, que pueda trabajar, que pueda estudiar, que pueda ir a un centro de salud. Esa es la razón por la cual los derechos humanos nunca van solitos, sino en conjunto”, afirmó.

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