Proyecto de ley
¿Cuál es la situación de la ley antibloqueos en el Legislativo? Diputado afirma que “no salió de la Comisión”
El pasado 6 de octubre, se conoció que la Comisión de Justicia Plural aprobó el proyecto de ley para garantizar la libre transitabilidad y protección del pueblo boliviano. Sin embargo, el diputado de Unidad Carlos Alarcón informó que la propuesta “no salió de la Comisión” y que será reconsiderada para reconducirla.
“Lo que pasa es que no salió de la Comisión. Fue una información equivocada que le dieron a los medios y por lo tanto hemos hecho informaciones contundentes. Ayer me informó el presidente de esta comisión, Manolo Rojas, que han pedido la reconsideración de esta ley, que se ha aceptado la reconsideración y que el miércoles a las 10 de la mañana va a sesionar esta comisión para reconducir este tema”, indicó Alarcón en contacto con Visión 360.
Según el diputado, la propuesta aprobada por la comisión —que no llegó al pleno de la Cámara de Diputados— no incorporó las propuestas normativas que presentaron parlamentarios como Israel Mérida, María José Soruco y él mismo. En cambio, sostuvo que se elaboró un “Frankenstein” que agravaba el castigo contra las autoridades porque “serían los culpables” de no dar respuesta a quienes bloquean.
“Esa ley que no era una ley antibloqueos. Es una ley que desnaturaliza completamente el sentido de una verdadera ley antibloqueos. Esta ley ha dejado de lado completamente nuestros proyectos, solamente ha tomado en cuenta el número del proyecto de Israel Merida que fue el primero que se presentó para tener prioridad en el trámite, y como un cascarón vacío le han llenado contenidos opuestos a los de una ley antibloqueos. La única ley que se llamaba ‘Antibloqueos’ era la mía en el nombre. Ha habido otras con otros nombres, pero que también respetaban el espíritu de la verdadera ley Antibloqueos. Y en lugar de tomarlas en serio, han hecho este Frankenstein, han hecho esta ley Mariaca’ para conseguir los objetivos opuestos”, indicó.
De acuerdo con el proyecto normativo, el artículo 8, parágrafo V, establece que ninguna persona será investigada o sancionada penalmente únicamente por: a) su pertenencia a una organización; b) su condición de dirigente; c) la convocatoria legítima a una manifestación pacífica; o d) su presencia física en una movilización.
Además, el artículo 12, parágrafo II, señala que los ministros de Estado competentes en los temas de movilizaciones que reciban formalmente una petición o demanda vinculada a un conflicto susceptible de afectar gravemente la libre transitabilidad deberán, “dentro del ámbito de sus atribuciones, emitir respuesta fundamentada por escrito o convocar formalmente a una instancia de diálogo dentro del plazo máximo de 15 días hábiles”.
Sin embargo, el parágrafo IV establece que las autoridades que no cumplan con la obligación de responder incurrirán en el delito de incumplimiento de deberes. “El vencimiento del plazo previsto en el Parágrafo II sin respuesta fundamentada, convocatoria formal a diálogo ni remisión a la autoridad competente constituirá incumplimiento del deber de respuesta y dará lugar a la activación de los mecanismos de fiscalización y determinación de responsabilidades previstos por la Constitución Política del Estado y las leyes”, se lee en la norma que regresó a la Comisión de Justicia Plural.
El diputado recalcó que, si bien la Comisión aprobó el proyecto de ley, posteriormente pidió su reconsideración, que fue aceptada, por lo que la propuesta será tratada nuevamente y reconducida el próximo miércoles.
“Entonces su situación actual sería que va a ser reconsiderado este miércoles que viene por la Comisión de Justicia. Se ha dejado de lado la aprobación y se tiene que reconducir todo el proceso para que sea una verdadera ley Antibloqueos”, indicó.