lunes 6 de abril de 2026

Regulación

Impuestos emite norma para que operadores del transporte se beneficien de tasa cero IVA

Con la normativa tributaria recientemente publicada el operador de transporte de carga internacional se beneficiará con la medida; los transportistas deben solicitar la autorización.
Dirigentes del transporte durante una reunión con el Gobierno. Foto: APG
Dirigentes del transporte durante una reunión con el Gobierno. Foto: APG
jueves 04 de julio de 2024

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió una normativa para que operadores del transporte en general se beneficien del régimen de tasa cero en el IVA (Impuesto al Valor Agregado).

La Resolución Normativa de Directorio (RND) 102400000015, de 2 de julio de 2024, establece que el operador de transporte, sea empresa SRL, cooperativa, empresa unipersonal (incorporados), deberá apersonarse al departamento de Recaudación y Empadronamiento de la Gerencia Distrital o de Grandes Contribuyentes (GRACO) de su jurisdicción, para la reasignación de la actividad de transporte de carga internacional en el Padrón Biométrico Digital (PBD).

Según publicó el SIN en su sitio web, el titular del NIT (Número de Identifican Tributaria), Representante Legal o apoderado debidamente registrado en el Padrón Nacional de Contribuyentes presentará la siguiente documentación:  la tarjeta de operación internacional vigente otorgada por el organismo nacional competente y la autorización para realizar operaciones en tránsito aduanero internacional, de acuerdo con la Ley 1990, de 28 de julio de 1999 y demás normas reglamentarias.

Posteriormente, solicitará por primera vez la dosificación de facturas manuales tasa cero sin derecho a crédito fiscal IVA, o la habilitación de la modalidad de facturación electrónica en línea tasa cero.

En el caso específico de la tarjeta antes mencionada, la administración tributaria, mediante “interoperabilidad” (con el Viceministerio de Transporte, entidad competente para registrar y otorgar tarjetas de operación a los operadores de transporte terrestre), verificará los datos de los solicitantes, prestadores del servicio de transporte internacional de carga.

“Estas y otras modificaciones introducidas por la mencionada RND son parte de los acuerdos alcanzados en diálogo entre el Gobierno nacional y representantes del transporte de carga nacional e internacional en reuniones que se llevaron a cabo en diferentes puntos del país”, dice el comunicado.

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