sábado 4 de abril de 2026

Ojo, capitales menores a 12 mil bolivianos no tributan

¿Qué es el Régimen Simplificado y quiénes deben pagar este tributo?

Artesanos, comerciantes minoristas y vivanderos pueden acogerse a este régimen, si sus ventas no superan los Bs 184 mil anuales. No se emiten facturas.
Ingreso a las oficinas del Servicio de  Impuestos Nacionales.   Foto: SIN
Ingreso a las oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales. Foto: SIN
viernes 18 de octubre de 2024

¿Es usted artesano, comerciante minorista o vivandero? ¿Sabía que si tiene un capital entre 12.001 y 60 mil bolivianos debe pagar impuestos, aunque no emitir factura? De acuerdo con la normativa tributaria, a usted le corresponde ingresar al Régimen Tributario Simplificado (RTS).

Según los datos del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), en Bolivia hay 490.628 contribuyentes inscritos en el Padrón Tributario. Estos se encuentran organizados en cuatro regímenes: Régimen General, Régimen Agropecuario Unificado, Sistema Tributario Integrado y el RTS.

Cada uno tiene sus propias características y particularidades. Estas sirven para diferenciar a los contribuyentes con  base en la realidad y la capacidad socioeconómica de su actividad económica.

El RTS alcanza únicamente a personas naturales que se dedican al comercio minorista, venta de alimentos (vivanderos) y artesanos. La carga tributaria en este régimen se determina en función al capital de trabajo y no en función de los ingresos generados.

No emiten facturas con derecho a crédito fiscal y el cumplimiento de su obligación tributaria se enfoca a un monotributo fijo de recaudación que es bimestral. No están obligados a la elaboración de Estados Financieros ni declaraciones juradas mensuales.

En esta edición, Visión 360 le explica en qué consta este régimen, quienes deben ingresar, qué requisitos debe cumplir y cuáles son sus obligaciones.

 

¿Qué es el RTS?

Es un régimen especial. Fue creado con el Decreto Supremo Nº 24484, del 29 de enero de 1997 y modificado por el N° 27924 de 2004 y el N° 3698 de 2018. Este decreto estipula cuáles son las actividades que pueden inscribirse en esta categoría.

Este tipo de régimen no emite facturas con crédito fiscal, pero sí tributa de forma bimestral. El monto no se calcula sobre los ingresos o ventas de la actividad económica, sino sobre el capital con el que se trabaja.

¿Para quiénes está contemplado este régimen?

La norma señala que son sujetos pasivos del RTS las personas naturales que realicen con carácter habitual actividades de artesanos, vivanderos o comerciantes minoristas.  Se  las define de la siguiente manera:

Los comerciantes minoristas son las personas naturales que desarrollan actividades de compra-venta de mercaderías o prestación de servicios en mercados públicos, ferias, quioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en la vía pública.

En cambio, a efectos de la norma tributaria, son vivanderas las personas naturales que expenden comidas, bebidas y alimentos en quioscos y pequeños locales. En el caso de los artesanos, se refiere a ellos como quienes ejercen un arte u oficio manual, trabajando por cuenta propia en sus talleres o a domicilio, percibiendo por su trabajo una remuneración de terceros en calidad de clientes.

Pero así como la norma define quiénes pueden acogerse, también define quiénes están excluidos: los comercializadores de aparatos electrónicos y electrodomésticos; los que están inscritos en el Impuesto a los Consumos Específicos, en el Sistema Tributario Integrado o en el Régimen Agropecuario Unificado; y los comisionistas, por estar comprendidos en el Impuesto sobre Utilidades de las Empresas.

Cabe aclarar que en el caso de los tres rubros permitidos, se debe cumplir con ciertos parámetros de capital, ingresos y precio unitario.

¿Cuáles son los parámetros?

Para cada actividad hay determinados parámetros a cumplir. Por ejemplo: en el caso de los comerciantes minoristas, el precio unitario de sus mercaderías no puede ser mayor a los 480 bolivianos. Si es que alguno de sus productos tuviera un precio de venta mayor al mencionado, le corresponde pasar al Régimen General.

En el caso de los artesanos, el precio unitario tope es de 640 bolivianos, mientras que para los vivanderos es de 148. Para ambos casos corre el principio de cambio de régimen, si es que sus precios son mayores.

Asimismo, para las tres actividades se tiene un parámetro tope de ingresos de 184 mil bolivianos anuales. Es decir que la suma total de sus ventas de todo el año no debe pasar de esas cifras; si lo hace, le corresponde el Régimen General y no el RTS.

En el RTS no se tributa con base en  los ingresos, sino en el capital. Por este motivo, este no debe pasar de los 60 mil bolivianos. El monto de su capital será el que lo ubique en una categoría.

¿Qué documentos se debe presentar para inscribirse?

Para que una persona pueda inscribirse al Padrón Nacional de Contribuyente dentro del RTS, debe presentar: la cédula de identidad vigente, la factura de luz con una antigüedad no mayor a 60 días, un croquis del domicilio y la información sobre su capital, precios y ganancias anuales.

Cabe aclarar que en el caso de la factura de luz y el croquis, pueden solicitarle que sean de la ubicación habitual y de la ubicación fiscal. El domicilio fiscal es el lugar donde se encuentra su negocio y que figurará en sus documentos tributarios; en cambio, el domicilio habitual es el lugar donde usted vive.

En caso de que ambos estén en diferentes lugares, deberá presentar dos facturas y dos croquis, uno por cada domicilio. Pero si ambos se encuentran en el mismo lugar, basta con una factura y un croquis.

Cuando se inscriba, recibirá su Número de Identificación Tributaria (NIT) y tres documentos: el NIT de exhibición, la certificación de inscripción y una tarjeta MASI virtual. Estos documentos son muy importantes, así que debe cuidarlos.

¿Qué tributos se pagan y cuánto?

El RTS agrupa tres impuestos en un solo monto fijo que es cancelado de forma bimensual. Los tres impuestos agrupados son: el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Transferencias (IT) y el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

Una persona que está inscrita en el RTS si paga su cuota de acuerdo con la categoría que le corresponde, está haciendo el pago de los tres impuestos. Recuerde que la categoría se determina según el capital y esta establece el monto a pagar.

Cabe recordar que en este régimen no se factura por los bienes o servicios vendidos.

¿Qué categorías existen y cuáles  son los montos de sus cuotas?

Las categorías del RTS son seis y dependiendo del monto del capital pagan desde 47 bolivianos hasta los 200. Los pagos se hacen de manera bimestral.

Las divisiones están hechas de la siguiente manera: Si su capital está entre los 12.001 bolivianos y los 15 mil, su cuota bimestral será  47 bolivianos y su categoría es la 1. En el caso de que su capital esté comprendido entre los 15.001 bolivianos y los 18.700, la cuota sube a 90 bolivianos y sube a la categoría 2.

Para quienes trabajan con un capital de entre 18.701 bolivianos y 23.500, el tributo bimestral es de 147 bolivianos, la categoría es la número 3. En cambio, si tiene un capital de 23.501 bolivianos a 29.500, el pago del impuesto es de 158 bolivianos y pertenece a la categoría 4.

Entre los montos más altos está el de la categoría 5, que comprende a los capitales desde 29.501 bolivianos a 37 mil, la cuota es de 200 bolivianos. La última, la categoría 6, es para capitales desde los 37.001 bolivianos hasta los 60 mil bolivianos, en estos casos la cuota bimestral es de 350 bolivianos.

Todos estos montos, conforme a la información del SIN, están vigentes fuera de la zona franca. Dentro de la zona franca son menores y van desde los 19 bolivianos en la categoría 1, hasta los 140 bolivianos en la categoría 6.

Según el portal especializado Impuestos Bolivia, si se dedica al comercio minorista, artesano o vivandero con un capital menor a 12 mil bolivianos  y tiene ventas anuales  menores a los 184 mil, no necesita estar inscrito en ningún régimen.

“Existe un principio tributario que indica que si una persona gana solo para sobrevivir, o sea, lo básico imprescindible para la subsistencia, no puede pagar impuestos. Por eso no existe en la normativa del SIN (desde nuestro punto de vista) esta categoría”, dice.

¿Cómo realizar el pago?

Antes, los contribuyentes del RTS debían hacer una declaración jurada en el formulario 4500, y si no se declaraba o se lo hacía fuera de plazo, correspondía una multa por incumplimiento del deber formal. Sin embargo,  ahora esto ya no corresponde.

El pago se realiza directamente en una entidad financiera autorizada por el SIN (la lista puede ser consultada en el portal del SIN). Solo se requiere presentar el carnet de identidad vigente o el número de NIT. También lo puede hacer una tercera persona a cuenta del titular.

La fecha de pago es hasta el 10 del mes posterior al bimestre. Por ejemplo: del bimestre enero-febrero, el pago debe ser efectuado hasta el 10 de marzo; si el pago es del período marzo-abril, se debe realizar hasta el 10 de mayo, y así sucesivamente en los seis bimestres del año.

¿Qué es el Régimen Simplificado y quiénes deben pagar este tributo?
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