Personería
TSE denuncia a juez que admitió acción sobre ADN, dice que su juzgado no tiene competencia
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó una denuncia contra el juez del Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Cuatro Cañadas, para que el Consejo de la Magistratura actúe y realice un control disciplinario contra dicha autoridad jurisdiccional, debido a que admitió una acción de amparo constitucional que busca frenar la cancelación de la personería jurídica del partido Acción Democrática Nacionalista (ADN).
Según la denuncia presentada por el presidente del ente electoral, Gustavo Ávila, el juzgado en cuestión no tiene competencia territorial ni electoral, y la admisión de la acción pone en riesgo el principio de preclusión de las elecciones regionales de marzo próximo.
“El accionante en su pretensión solicita al Juez de Garantías Constitucionales medidas que podrían suspender actos del Calendario Electoral de las Elecciones Subnacionales 2026, afectando principios estructurales del régimen electoral. Este principio ha sido objeto de compromiso institucional expreso de no afectación por parte de las Altas Autoridades del Órgano Judicial y en esta ocasión se ve en riesgo”, señala el documento que Ávila envió al Consejo de la Magistratura, al que accedió Visión 360.
El recurso fue presentado por Nelson Almendras Choque y fue admitido por el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Cuatro Cañadas (Santa Cruz), pese a que el TSE presentó, el 19 de enero, una declinatoria de competencia con carácter previo, “advirtiendo expresamente que la prosecución del conocimiento del caso, pese a dicha observación, daría lugar a la activación de acciones legales y disciplinarias”.
Sin embargo, el juzgado insistió en tramitar la causa. Además, el ente electoral observó una serie de irregularidades.
Una de ellas es la “notificación extemporánea”, ya que el Juzgado de Garantías Constitucionales notificó al TSE vía WhatsApp, “sin considerar las 24 horas de anticipación ni el plazo de distancia a objeto de remitir las pruebas pertinentes o gestionar los poderes de representación”.
En segundo lugar, se observa la inobservancia de las reglas de competencia territorial, ya que el juzgado estaría presuntamente incurriendo en una “vulneración de derechos identificada por el accionante [que] se habría producido en la ciudad de La Paz, sede del TSE”, y, además, porque “la persona jurídica presuntamente afectada no es el accionante, que si bien manifiesta un daño directo por ser un candidato en las Elecciones Subnacionales 2026, en la acción de amparo constitucional claramente y de manera expresa pretende la tutela de 136 candidatos de la Alianza Política SAO-ADN, cuyo domicilio como persona jurídica se encuentra fijado en la ciudad de Santa Cruz”.