jueves 19 de marzo de 2026

Subnacionales

Rige el silencio electoral en Bolivia y las organizaciones políticas que lo infrinjan se arriesgan a pagar una multa

Desde este jueves, las agrupaciones políticas y los medios de comunicación no pueden difundir propaganda electoral.
Afueras del Tribunal Supremo Electoral (TSE). Foto: TSE
Afueras del Tribunal Supremo Electoral (TSE). Foto: TSE

Desde este jueves rige el silencio electoral en todo el país y, durante este periodo, queda prohibida toda campaña y propaganda de los candidatos a las gobernaciones y a las alcaldías. Las organizaciones políticas que infrinjan las disposiciones serán pasibles de sanciones económicas y de la inhabilitación para la difusión de propaganda en próximos comicios electorales.

La Ley 026 del Régimen Electoral establece que, durante este periodo de reflexión de 72 horas (tres días previos a los comicios), quedan prohibidos los actos públicos, los mítines, las caravanas, las concentraciones y la difusión de propaganda en medios de comunicación (radio, televisión y prensa). Tampoco se puede difundir contenido que favorezca o perjudique a alguna candidatura.

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Esa ley establece que las organizaciones políticas y los medios de comunicación que infrinjan el silencio electoral serán pasibles de sanciones.

Los medios de comunicación, según esa norma, no pueden difundir ningún contenido propagandístico, informativo o de opinión que pueda favorecer o perjudicar a una organización política o candidatura; tampoco emitir programas que, mediante opiniones o análisis sobre organizaciones políticas o candidaturas, puedan influir en las preferencias electorales de la ciudadanía; ni otorgar trato preferencial o discriminatorio a alguna de las candidaturas u organizaciones políticas participantes.

Si incumplen con esto, el TSE, previo informe técnico del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático, procederá a sancionar “con una multa equivalente al doble del monto de la tarifa más alta inscrita en el Órgano Electoral”.