lunes 6 de abril de 2026

Elecciones Judiciales

Contra la espada y la pared: los escenarios legales para los vocales del TSE ante el fallo del TCP

En criterio del exministro de Justicia, Carlos Goitia, los responsables del conflicto son los propios senadores y diputados. Además, recuerda que hay salidas constitucionales.
Los vocales del TSE podrían ser procesados si no acatan las SC 0770/2024. Foto: APG
Los vocales del TSE podrían ser procesados si no acatan las SC 0770/2024. Foto: APG
martes 12 de noviembre de 2024

El panorama jurídico para los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) es complejo, luego de que los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional, Yván Espada y Gonzalo Hurtado emitieron las Sentencia Constitucional (SC) 0770/2024, que declara desierta la convocatoria a las Elecciones Judiciales en cinco departamentos.

Según la senadora Silvia Salame, los vocales no deben temer a un proceso penal, debido a que, en su criterio, los actuales magistrados del TCP no ocupan ese cargo de forma legal y por lo tanto sus resoluciones también son ilegales.

Al contrario, el exministro de Justicia, Carlos Goitia, considera que los actuales magistrados del TCP aún ejercen el cargo en calidad de “interinos”, por lo que sus resoluciones deben ser acatadas, o de lo contrario los vocales podrían ser pasibles de procesos penales.

“En Bolivia no hay un TCP, (las SC 0770/2024) es una mera opinión de exmagistrados, en consecuencia el proceso de Elecciones Judiciales continúa. Lo que es importante analizar el compromiso firmado ayer, en el que todas las organizaciones políticas, el Ejecutivo y el Legislativo han firmado por la justicia. La convocatoria del TSE ha sido muy importante”, señaló Salame.

En criterio de la senadora disidente de Comunidad Ciudadana (CC), los vocales del TSE no serían objeto de ningún proceso penal en su contra. Considera la SC como un “comunicado” que no causa estado y no es vinculatorio.

Ayer, en el “Segundo encuentro Multipartidario e Institucional por la Democracia”, organizado por el TSE, se firmó un acuerdo en el que se establece rechazar las SC 0770, por violar el principio de preclusión, ratificando la Ley 1549 y garantizar los recursos económicos, entre los puntos más importantes.

Dicho acuerdo fue respaldado por presidentes de las cámaras de Senadores, Diputados y el presidente nato de la Asamblea Legislativa, David Choquehuanca. Asimismo, estuvieron presentes los representantes de las 11 organizaciones políticas, incluido el MAS, y las dos alianzas que tienen representación parlamentaria, como Creemos y Comunidad Ciudadana.

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Contradictoriamente, y pese a que firmó el acuerdo, a dicho encuentro se presentó, por el lado del Ejecutivo, el ministro de Justicia, César Siles, quien afirmó que respaldan y acatarán la SC 0770/2024, por lo que se puso en duda el financiamiento para las Elecciones Judiciales.

Sobre ese punto, Salame explicó que no debe haber duda sobre el presupuesto, pues al momento de aprobar la Ley 15498, para las Elecciones Judiciales 2024, se aprobó también el presupuesto para todo el acto.

Procesados

Por su lado, el exministro de Justicia, Carlos Goitia, explicó que la Constitución Política del Estado (CPE) tiene un ente protector, que es el TCP. En ese marco, desobedecer las sentencias constitucionales emitidas por los magistrados “interinos”, implica desobedecer la CPE y en consecuencia debe haber un proceso contra quienes incurran en esa acción.

“Lo que debió hacerse en su momento, y aún se lo puede hacer, es el reemplazo por otros interinos. Pero el desconocimiento de esta actitud las sentencias no tiene fundamento”, aseveró. Explicó que, además, desde enero a la fecha, tanto el TCP como los otros entes del Órgano Judicial, emitieron resoluciones y que no se puede elegir cuáles resoluciones se deben acatar y cuáles no, pues se ingresa en un escenario jurídico en el que la CPE pierde fuerza.

En esa línea, añadió que la desobediencia a la SC 0770/2024 también implica a otros actores políticos, porque se incurre en el delito de “desobediencia a resoluciones constitucionales”, por lo que el Ejecutivo tendría fundamentos para acatar la resolución y no financiaría el proceso electoral, debido a que les generaría una responsabilidad.