domingo 5 de abril de 2026

Sentencia

Dictan siete años de cárcel para dos instructores militares por el caso salto de la muerte

Los estudiantes fueron sometidos a varias cirugías. En diciembre de 2023, ambos se graduaron como subtenientes junto a sus camaradas de promoción.
Imágenes del hecho ocurrido en 2023 cuando los dos cadetes cayeron al realizar el salto de la muerte. Foto: Archivo
Imágenes del hecho ocurrido en 2023 cuando los dos cadetes cayeron al realizar el salto de la muerte. Foto: Archivo

El capitán Manfred Herrera y el teniente Juan José Patzi, dos instructores del Colegio Militar de Ejército, fueron sentenciados a siete años de cárcel por la caída de dos cadetes cuando ejecutaban el denominado salto de la muerte, en 2023.

“Lamentablemente se ha condenado a unas personas inocentes por la presión social, básicamente. Los familiares de los cadetes han cercado las puertas del juzgado y utilizaron petardos en todo el juicio”, dijo Manolo Rojas, abogado del capitán sentenciado, citado por Erbol.

El teniente Christian Salas, investigado por el mismo caso, fue absuelto.

El 18 de abril de 2023, los dos cadetes que realizaban el ejercicio se lanzaron de una altura de unos 20 metros y sufrieron graves lesiones y fracturas.

Ambos se lanzaron casi al mismo tiempo desde una plataforma e impactaron contra el piso.

Sara Calle, madre del cadete Condori –el más afectado por las heridas sufridas– dijo el pasado 13 de noviembre, que su hijo “sigue mal, quisiera verlo caminando, lo tengo que ayudar para todo, todo mi hogar está destrozado; queremos justicia para estos jóvenes”.

Los estudiantes fueron sometidos a varias cirugías. En diciembre de 2023, ambos se graduaron como subtenientes junto a sus camaradas de promoción.

El tribunal declaró culpables a los dos militares debido a que advirtió que hubo “dolo o premeditación” en su actuación, aunque el abogado defensor argumentó que fue un accidente.

Los dos instructores sentenciados se encontraban con detención preventiva en la cárcel de San Pedro, en tanto que el tercer instructor absuelto guardaba detención domiciliaria.

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