Daño a la honra
Apdhb y experto señala que Del Castillo debe cumplir fallo constitucional y respetar la presunción de inocencia
La vicepresidenta de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (Apdhb), Yolanda Herrera, y el experto Franco Albarracín, consideran que el fallo constitucional emitido contra el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, debe ser cumplido, para que se respete la presunción de inocencia, y se deje de presentar a personas procesadas, como si se tratara de delincuente sentenciados.
La Defensoría del Pueblo informó que logró la tutela en una “acción de protección de privacidad” interpuesta ante la Sala Constitucional Segunda, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en favor de Reyna R. H.H.; hecho considerado como un hito en la protección de los derechos humanos respecto al principio de presunción de inocencia.
“La jurisdicción constitucional, ha marcado un hito en la jurisprudencia nacional, respecto a la protección y respeto de los derechos a la honra, intimidad, imagen y dignidad, además el respeto al principio de presunción de inocencia. La Sala Constitucional, en la acción de protección de privacidad interpuesta como Defensoría del Pueblo, ha otorgado la tutela por los citados derechos en favor de Reyna R. H.H, quien fue indebidamente exhibida por el Ministerio de Gobierno ante los medios de comunicación el pasado 22 de enero de 2025”, publicó en su cuenta en X (Twitter) el delegado de la Defensoría del Pueblo, Pedro Callisaya.
Los vocales de la Sala Constitucional Segunda señalaron que, como medida de reparación, el Ministro de Gobierno, en un acto similar y en conferencia de prensa, rectifique sus declaraciones, para reparar en algo los derechos fundamentales de la joven madre, cuya imagen y honra vulneró, con una serie de apreciaciones personales y falsas.
En ese contexto, Albarracín tomó como positivo el fallo, pero remarcó que se trata de una decisión judicial sobre derechos que ya existen y el cumplimiento de ley que ya están en vigencia.
“Es un fallo importante, pero hay que deja algo en claro, que se trata de una orden que debe ser cumplida por el ministro de Gobierno, pero no ha generado una nueva legislación (ley) o jurisprudencia, el fallo exige el cumplimiento de la normativa que ya existe y que el ministro de Gobierno ha transgredido desde que ha asumido el cargo. Este fallo tiene estricta relación con la presunción de inocencia”, afirmó Albarracín, en contacto con Visión 360.
Asimismo, Herrera, calificó de positivo el fallo, con el fin de frenar la vulneración a la imagen y presunción de inocencia de las personas, derechos que son vulnerados desde hace mucho tiempo atrás, en Bolivia.
La presentación de personas involucradas en diferentes hechos delictivos, sin sentencia ejecutoriada, como lo hacen las autoridades policiales y del Ministerio de Gobierno, explicó Herrera, viola la presunción de inocencia y vulnera el derecho a “un debido proceso, porque mientras no se demuestre que una persona, efectivamente es culpable, es inocente, entonces lo que se ha generado es una sanción y muerte social”, detalló Herrera.
Sostuvo que, en los casos en que más adelante, en la investigación, se demuestre la inocencia que la persona que inicialmente fue procesada y luego presentada como un delincuente condenado, la reparación de su imagen es casi imposible, debido a que la sociedad ya hizo un juicio de valor sobre el ciudadano y las autoridades que presentaron a la persona, ya no salen a realizar una aclaración.
Callisaya remarcó que la Resolución Constitucional 038/2025 estableció la determinación con base a la jurisprudencia comparada, por un lado, la sentencia de la Corte Constitucional de Colombia, y por otro lado, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Blass Valencia contra el Estado Boliviano.