martes 24 de febrero de 2026

Diputados aprobó proyecto de Ley

¿Cuáles los beneficios y riesgos que trae el diferimiento de créditos?

Un experto advierte sobre los problemas de solvencia en los bancos, ya que deberán ver la forma cómo harán las entidades de microfinanzas y vivienda para devolver intereses al público ahorrista, si no podrán cobrar nada en seis meses.
La Cámara de Diputados en sesión. Foto: ABI
La Cámara de Diputados en sesión. Foto: ABI
viernes 12 de septiembre de 2025

¿Cuáles son los beneficios y riesgos del proyecto de Ley Excepcional de Suspensión Temporal de Embargos y Ejecución de Sentencias en Procesos Judiciales por Créditos de Vivienda de Interés Social y Diferimiento de Créditos para Vivienda de Interés Social y Créditos a Unidades Económicas de Tamaño Micro y Pequeña? En esta nota se explican los argumentos a favor y los perjuicios que puede traer la norma.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley, en grande y en detalle, la madrugada de este viernes, en una maratónica sesión, y el documento pasó a consideración de la Cámara de Senadores. El Ministerio de Economía defiende la necesidad de aplicar el diferimiento, pero expertos y Asoban alertan sobre posibles riesgos.

El Gobierno, en la justificación de la norma, sostiene que amplios sectores de la población, particularmente, microempresarios, pequeños empresarios, y trabajadores por cuenta propia enfrentan severas dificultades para cumplir con sus obligaciones crediticias, producto de los fenómenos climáticos adversos, conflictos sociales y la coyuntura económica.

Añade que, a pesar de las medidas temporales adoptadas en años anteriores, como el diferimiento automático de cuotas y la reprogramación de créditos, numerosos prestatarios continúan expuestos a procesos de ejecución judicial y acumulación de intereses, afectando su estabilidad económica y su derecho al trabajo.

¿Qué persigue la norma?

El proyecto de ley tiene el propósito de proteger y defender los derechos fundamentales de los prestatarios de créditos de vivienda de interés social y de las unidades económicas de tamaño micro y pequeña empresa, y establecer de manera excepcional la suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias de procesos judiciales por créditos de vivienda de interés social y el diferimiento de créditos otorgados para vivienda de interés social y créditos a las unidades económicas de tamaño micro y pequeña.

La norma permitirá que los prestatarios que se encuentren con acciones judiciales por cobro de dinero emergente de créditos de vivienda de interés social otorgados por las entidades de intermediación financiera, puedan beneficiarse por seis meses de la suspensión de órdenes judiciales de embargo, así como la ejecución de sentencias, remates, desapoderamientos y otras medidas judiciales que puedan afectar recaer sobre los bienes objeto de garantía o de titularidad de los demandados o ejecutados.

También permite el diferimiento automático de los pagos de las cuotas de los créditos otorgados para vivienda de interés social y de los créditos de las unidades económicas de tamaño micro y pequeña. Esto incluye cuotas, el pago a capital e intereses, seguros, comisiones y otros cargos.

El ministro de Economía, Marcelo Montenegro, señaló que la norma puede beneficiar a más de 1,4 millones de prestatarios, con créditos destinados a micro y pequeñas unidades económicas, así como a vivienda de interés social.

Lee también: Asoban rechaza proyecto de ley de diferimiento de créditos por “comprometer la estabilidad” financiera

Entre 2020 y 2024, la mora en la microempresa pasó de 1,8% a 3%. En cuanto a los préstamos de vivienda de interés social, esta subió del 1% a 3,7% a julio en el mismo periodo, reflejo de la vulnerabilidad de estos sectores frente a la coyuntura económica.

Montenegro subrayó que el proyecto de Ley N° 547 es “oportuno y responsable”, porque protege el derecho a la vivienda de miles de familias, y asegura la continuidad de las micro y pequeñas unidades productivas, que son un motor de la economía”.

El proyecto de ley prohíbe “el incremento de tasas de interés, la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora, el anatocismo y los costos administrativos adicionales”, y prohíbe “la modificación de los términos, condiciones y coberturas de las pólizas de desgravamen hipotecario y de las que amparan la garantía de los créditos” durante la vigencia de la ley.

¿Cuáles son los riesgos?

El analista y exgerente de la Bolsa Boliviana de Valores (BBV), Armando Álvarez, explicó que de cada mil bolivianos que se presta 900 bolivianos son del público, solo 100 boliviano, es decir 10%, proviene de la plata de los accionistas.

La futura ley alcanza a tres tipos de crédito, vivienda social y crédito a unidades económicas de tamaño micro y pequeña empresa. Las ex mutuales, hoy entidades financieras de vivienda, sólo prestan dinero para vivienda y hay entidades especializadas en microfinanzas.

Según Álvarez esto significa que, durante seis meses, las instituciones no podrán cobrar un solo centavo a los prestatarios. “La pregunta es cómo harán las entidades para devolver los depósitos del público durante seis meses, cómo cubrirán sus costos de operación, si no van cobrar nada en seis meses”, alertó.

Esto, dijo, provocará que las entidades enfrenten problemas de liquidez.

“Está bien, se entiende que hay prestatarios que por la coyuntura económica enfrentan problemas de pago, pero en ese caso, lo que corresponde es la reprogramación de créditos caso por caso. Además, el proyecto de Ley no hace diferencia entre cartera en mora o cartera vigente”, remarcó.

Con una reprogramación, el prestatario puede bajar su cuota mensual de pago y con más plazo, pero en el caso del diferimiento, luego de los seis meses, tendrá que volver a cumplir sus obligaciones.

La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) advirtió que el diferimiento comprometerá la estabilidad del sistema financiero, cuya función esencial es canalizar, con responsabilidad y criterios técnicos, los recursos de millones de ahorristas hacia actividades productivas y necesidades de las familias.

Tampoco, dijo, resolverá los problemas por los que atraviesa la población y forzaría una inevitable restricción del crédito, especialmente hacia los sectores más vulnerables, en un momento de crítica situación económica en el que las empresas y familias requieren financiamiento para dar continuidad a sus actividades.

En la explicación brindada al pleno de la Cámara Baja, el ministro de Economía, informó que el sistema financiero cerró la gestión 2024 con una utilidad histórica superior a 389 millones de dólares, “lo que demuestra que cuenta con la solvencia suficiente para respaldar una medida de alivio temporal sin poner en riesgo su estabilidad”. Para 2025 se proyecta una utilidad superior al promedio de las gestiones 2021 a 2024.

Como ejemplo de que la norma no afectará la estabilidad del sistema financiero, Montenegro explicó que los créditos que podrían ser diferidos no superarán el 3% de los depósitos totales, “por lo tanto, no sería un elemento que ponga en riesgo su devolución”.

El proyecto aprobado también garantiza la continuidad voluntaria de los pagos. “Los prestatarios podrán solicitar mantener el cumplimiento de sus obligaciones mediante los mecanismos habilitados por las entidades financieras”.